Dos años de prisión y 1.500 euros de multa, con suspensión de la condena durante 4 años al carecer de antecedentes. Esa es la pena impuesta a un ceutí por la Sección II de la Audiencia Provincial de Albacete, por incurrir en un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud. Los hechos por los que se ha dictado sentencia por conformidad se produjeron en abril de 2016, durante un control de tráfico llevado a cabo por la Guardia Civil a la altura de la localidad de Villarobledo. El ya condenado portaba debajo del asiento una bolsa con 38 pastillas y un bote con tres envoltorios que resultaron ser 15,4 gramos de MDMA y 0,99 gramos de la misma sustancia, repartida en pastillas o bolsas. El fin de esta droga era el tráfico ilícito de la misma. En su poder tenía 764 euros.
En la pena acordada se ha aplicado una atenuante de dilaciones indebidas, por cuanto el procedimiento estuvo paralizado por causas nunca imputables al acusado, en distintos periodos de 2016 a 2018 y de 2018 a 2019.
En el escrito inicial de la Fiscalía se pedía hasta cuatro años de prisión
Al carecer el acusado de antecedentes, todas las partes acordaron la concurrencia de los requisitos para que no entrara en prisión, quedando en suspenso la condena durante un tiempo de 4 años, que es precisamente el periodo en el que no podrá delinquir ya que, de hacerlo, se le sumaría la pena de este delito más la nueva por su acción delictiva que pudiera llevar a cabo. En el escrito de calificación inicial presentado por el Ministerio Fiscal se pedía la imposición de una pena de 4 años de prisión. El acuerdo entre el Ministerio Público y la Defensa posibilitó una importante rebaja en la pena de cárcel inicial.