El agente de la Policía Local, Alonso G.D., a quien un Jurado declaró culpable de asesinar a su esposa, Mª Ángeles Lozano, en la vivienda que compartían en Parques de Ceuta, permanecerá en prisión a la espera de la sentencia que debe dictar el magistrado Luis de Diego Alegre. Conocerá ese fallo entre rejas.
En un reciente auto dictado por su señoría y a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se desestima el recurso de súplica que interpuso la representación procesal del policía local contra la prisión provisional que acordó el magistrado.
Hay un condicionante de peso. Si bien es cierto que todavía no se ha dictado sentencia y que el policía local cumplió todas las medidas fijadas mientras estuvo en libertad celebrándose el juicio con Jurado por asesinato, ahora la situación “ha cambiado drásticamente con el nuevo veredicto condenatorio”.
“Lo que era una simple expectativa de futura condena, ahora es una realidad que eleva extraordinariamente el riesgo de fuga y, como señala la acusación particular, la necesidad de proteger a las víctimas”, avanza el magistrado.
La pena máxima podría llegar a más de 35 años de prisión al ser declarado culpable de asesinato: “Otro dato excepcional que hace que justificar el riesgo de fuga sea casi innecesario”, matiza.
“En todo caso el acusado y ya condenado en instancia es profesional de la seguridad, con conocimiento en armas, cierta capacidad económica propia y a través de familiares como se ha acreditado en juicio. Tiene capacidad para poder fugarse a otro país, fuera del alcance de la justicia”, reseña.
La fundamentación de mantenerlo en prisión se sostiene en otro hecho determinante, que pasa por la garantía de la protección de los hijos de la víctima.
Como policía local “tiene conocimientos para poder atentar contra la vida o integridad física de sus hijos, siendo la hija mayor la principal víctima viva y la principal testigo de cargo que debe ser obviamente protegida”, concluye el magistrado que tiene que plasmar, negro sobre blanco, la sentencia que fijará los años que debe cumplir el integrante del Cuerpo municipal tras el asesinato.
El Jurado declaró al agente culpable de delito de asesinato, lesiones psíquicas graves, contra la integridad moral y maltrato habitual.
Ese mismo 16 de abril, tras escuchar el veredicto, su señoría ordenó la entrada en prisión del policía local, personándose el CNP en la Audiencia para su traslado.
El recurso de súplica que presentó su letrada ha sido desestimado. La abogada Inmaculada Guil ya avanzó en declaraciones a este periódico que el veredicto no estaba motivado y que el mismo no equivalía a una sentencia firme, por lo que, de entrada, había solicitado la puesta en libertad de su cliente.
Esa resolución del Jurado contempla la condena por asesinato, cuyas penas pueden oscilar entre 15 y 25 años de cárcel, a lo que se debe aplicar las agravantes de parentesco, la de género y la atenuante de dilaciones indebidas, lo que elevaría aún más los años de prisión.
El magistrado recoge en el auto que la medida adoptada de entrada en prisión del agente no puede tildarse de “no explicada, inmotivada o genérica”, a pesar de que la decisión condenatoria sea provisional a falta de una sentencia. La pena máxima podría llegar a más de 35 años de privación de libertad.
La familia de Mª Ángeles Lozano, trabajadora de los juzgados, lleva años luchando contra dos losas, esperando ahora el dictado de la sentencia.
La primera, la que pesó sobre sus espaldas aquel 14 de marzo cuando arrebataron la vida de esta mujer e, indirectamente, rompieron la de todos sus allegados que han tenido que aprender a vivir sin Mª Ángeles físicamente, pero con ella en el recuerdo.
La segunda, la de tener que soportar dos juicios, recordar los hechos en dos ocasiones, romperse ante las evidencias, las lecturas de crónicas y las declaraciones.
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