Polémica contra Marlaska: 150 mujeres acusan al Ministerio de impedir su acceso a la Policía Nacional

Las aspirantes acusan al Ministerio del Interior de modificar de forma arbitraria las bases del proceso selectivo

En un hecho sin precedentes, un total de 150 mujeres aspirantes al Cuerpo de la Policía Nacional han presentado un recurso de alzada contra el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska denunciando una modificación consciente en la interpretación de las bases de la convocatoria que busca impedir o dificultar el acceso femenino a la institución, por lo que alegan una presunta discriminación por razón de sexo.

El recurso, interpuesto formalmente tras la publicación de los resultados del proceso selectivo de oposición, señala que el Ministerio habría alterado las reglas del juego en perjuicio de las candidatas, en especial en lo relativo a la prueba psicotécnica.

En este sentido, el letrado que representa a las aspirantes, Antonio Suárez-Valdés, ha manifestado que la actuación supone "un retroceso de 20 años en las políticas de igualdad de trato y discriminación positiva tendentes a fomentar el acceso de la mujer a la policía y la Guardia Civil resultando una muy mala noticia para las mismas".

Marlaska y su ministerio se han "quitado la careta"

Refiere el letrado que el Ministerio del interior finalmente "se ha quitado la careta y ha mostrado a las claras qué tras las grandes frases" lo que se esconde no es sino una "intención de impedir a la mujer el acceso a los cuerpos policiales".

Las aspirantes han denunciado el acuerdo del Tribunal Calificador del día 11 de junio de 2025 de las oposiciones a la escala básica de la Policía Nacional.

El recurso: fundamentos y motivos

El escrito presentado detalla que, aunque las aspirantes fueron declaradas aptas en las primeras fases —pruebas físicas, conocimientos, reconocimiento médico y entrevista personal—, fueron consideradas no aptas en la fase final tras la aplicación de una nota de corte que el Tribunal estableció arbitrariamente en la prueba psicotécnica.

"En la prueba psicotécnica se estableció por el Tribunal de Selección una reducción de la nota de corte que se habría de aplicar para considerar al opositor apto en la misma, estableciendo la misma en 4,5 puntos, lo cual a juicio de esta parte resulta arbitraria, contraria a las bases de la convocatoria, vulneradora de los derechos constitucionales de esta parte, y establecida en perjuicio de la parte actora. En dicho Acuerdo se publicó la calificación final de la fase de oposición, donde la parte actora ha sido declarada NO APTO, por no superar el corte de la calificación final establecido en 13,8518", indica el recurso.

Vulneración de las bases de la convocatoria

El recurso hace especial énfasis en la interpretación que debe darse a la base 6.1.3.c) de la convocatoria, que describe la prueba psicotécnica como la última prueba del proceso, destinada a evaluar las aptitudes necesarias para el desempeño policial. Esta base, según el recurso, no especifica ninguna nota de corte concreta para superar la prueba, pero sí señala que el tribunal calificador debe determinar la puntuación mínima exigible.

Además, la base 1.1 establece claramente que el Tribunal no puede declarar superado el proceso por un número de opositores superior al de las plazas convocadas.

"Como quiera que la prueba psicotécnica es la última de la oposición y, como quiera que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, el tribunal no puede declarar que han superado las pruebas de la fase de oposición, un número superior de opositores al de las plazas convocadas, el tenor literal de las bases impone al tribunal de selección la obligación de establecer un corte en la prueba psicotécnica, de forma que el mismo coincida con la 2.607 o con la 2.086 peor puntuación obtenida por los opositores que concurren a la misma (según se estime si la nota de corte será la misma para las plazas reservadas a militares o no lo es)".

El recurso señala que esta práctica de fijar la nota de corte para coincidir con el número de plazas se había mantenido en convocatorias anteriores.

Impacto y consecuencias para la igualdad

En definitiva, las aspirante señalan que la separación en las pruebas físicas por sexos supone un "doble filtro físico". "Lo que pretende de facto el Ministerio, es una integración de resultados de pruebas físicas en las que la mujer siempre va a resultar en desventaja con el hombre y que atenta contra la letra y el espíritu de la norma vigente", subrayan.

"Ese doble filtro físico representa en la práctica, la intención real del Ministerio de limitar el acceso de la mujer a la Policía, estableciendo un doble filtro para las pruebas físicas, como de facto impone el sumatorio, que perjudica a la mujer, máxime cuando se la compara físicamente con el hombre. Esta discriminación por razón de sexo se encuentra proscrita por nuestra Constitución", concluye. Ante esta situación, el grueso de las aspirantes solicitan la inmediata anulación de la resolución impugnada.

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