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El Pleno aprueba la nueva Ordenanza de terrazas, que da a los hosteleros un año para adaptarse

El Pleno de la Asamblea de Ceuta ha aprobado este lunes de forma definitiva la nueva redacción de la Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores que ha sometido a su consideración el consejero de Fomento, Alejandro Ramírez, tras la estimación parcial de una alegación parcial del MDyC que permitirá darle a los hosteleros un año de plazo “contado desde la entrada en vigor de la modificación” y no dos meses, como se preveía inicialmente, para que adapten sus establecimientos a los nuevos requerimientos normativos.

El cambio de la Ordenanza, que lleva preparándose tres años, viene motivado “por la necesidad de adecuar su texto a las situaciones jurídicas y urbanísticas actuales, fundamentalmente en la configuración del mobiliario de las terrazas y más concretamente en la instalación de toldos”. El objetivo es actualizarla “a una realidad que se está imponiendo de manera generalizada de la mayoría de las ciudades”, incluyendo la posibilidad de instalar “toldos autoportantes” y regulando las características que han de cumplir.

“Todas las sillas y mesas instaladas en una misma terraza deberán ser iguales en tamaño, forma, modelo y color”, prescribirá la norma, que estipula que “podrán ser blancas o de colores apagados (ocres, sepia, tierra de Siena, pardos, etcétera)” pero nunca “rojos, azules, verdes, amarillos, naranjas...”.

Queda “expresamente” prohibido el mobiliario “publicitario” y “en caso de disponer de mantelería”, los hosteleros quedarán obligados a que sea “de tejidos lisos, blancos o crudos”, jamás “estampados, dibujos, rayas, etcétera”.

En la misma línea, “todas las sombrillas instaladas en una misma terraza deberán ser iguales en tamaño, forma, modelo y color”, siempre de material ignífugo “liso y de un solo color claro”, como ya está regulado. A partir de ahora se explicitará que “podrán ser blancas o de colores apagados”, ya que también se excluirán “expresamente” los “colores fuertes, brillantes o chillones”. Se prohíbe expresamente el “mobiliario publicitario”.

La ocupación de las aceras o de las calles peatonales por la instalación de terrazas de veladores nunca puede ser superior al 50% del ancho de la acera o calle peatonal.

Las modificaciones introducidas en el texto de la Ordenanza consisten básicamente, según Fomento, por una lado, en “incorporar algunas mejoras técnicas adaptando la instalación de terrazas a la idiosincrasia de Ceuta”; y, por otro, en “conseguir mayor agilidad en la tramitación manteniendo al mismo tiempo las garantías jurídicas que debe presidir toda intervención de la Administración, descartando aquellos aspectos técnicos que son del todo innecesarios”.

Con carácter general, el horario de funcionamiento de las terrazas es “el que marque la licencia de la que traiga razón la actividad principal”. Con carácter general deben cerrar a medianoche, aunque en Navidad, Semana Santa y del 15 de marzo al 15 de octubre pueden operar hasta las 00.30 horas de domingo a jueves y hasta las 1.00 viernes, sábados y vísperas de festivos.

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