Tribunales y justicia

“Pleitear contra un banco antes era la lucha de David y Goliat”

La relación del banco con sus clientes es muy distinta actualmente de la que existía hace sólo unos años, asegura Itziar Peña, abogada y representante en Ceuta de APDEF (Asociación para la Defensa de los Derechos de los Consumidores). Han contribuido al cambio las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que han sentado doctrina con su jurisprudencia a favor de los consumidores. Hoy, pleitear contra una entidad financiera en defensa de los derechos de los ciudadanos ya no es una opción que se descarte automáticamente.
–La asociación que usted representa en Ceuta, APDEF, defiende al consumidor. Es una rama del Derecho que ha tenido un gran desarrollo en los últimos años.
–A raíz de las directivas comunitarias que modifican y que son de aplicación directa al Derecho español en el ámbito del consumo,  que tienden a proteger al consumidor, está teniendo un éxito importante porque ha habido una serie de sentencias que han modificado completamente la filosofía y la interpretación del Derecho en estos términos.
–Hasta hace unos años no había muchos abogados que se plantearan pleitear contra un banco ni que animaran a sus clientes a presentar ese tipo de demandas.
–Pleitear contra un banco antes era la lucha de David y Goliat. Era dirigirse contra una potencia económica y pocos lo hacían. De hecho, las sentencias que abrieron este camino fueron de agrupaciones de consumidores.
–En el caso de las cláusulas suelo ¿Cuál es el plazo de reclamación?
–Sobre las cláusulas suelo no sólo hay sentencias de nuestro Tribunal Supremo sino también del Tribunal de la Comunidad Europea que han ido dando la razón a los consumidores sistemáticamente. Sobre este asunto existe una jurisprudencia y una doctrina ya consolidadas a favor del consumidor.
Hay un plazo de cinco años para reclamar. En enero de este año, el Gobierno dictó un decreto organizando la forma de reclamar por este motivo a los bancos. Estableció un plazo de cinco años para reclamar por las cláusulas suelo para las hipotecas que están en vigor. Y también para los gastos hipotecarios.
–¿Es más fácil la demanda de los bonos o de las preferentes que de las cláusulas suelo? ¿Hay más camino hecho en un asunto que en otro?
–En cuanto a las preferentes, las subordinadas y los bonos bancarios, el camino también está muy trillado. Lo que sucede es que son cuestiones y productos bancarios más complejos en sí mismos. Ahora, es perfectamente factible la reclamación y está prosperando en la mayoría de los casos.
–O sea, que lo que hasta hace unos años era un camino inexplorado y difícil, ahora, tanto en las preferentes como en las cláusulas suelo y otros productos bancarios, está bastante encarrilado.
–Efectivamente, porque ya hay una jurisprudencia muy consolidada y reiterada. Ya no hay divergencias entre los distintos tribunales, sino que el Tribunal Supremo, en distintas sentencias de la Sala del Pleno, ha establecido la doctrina a aplicar. El camino ya está prácticamente hecho.
–¿Se puede decir que en una hipoteca normal, sin ningún asunto específico, es muy probable que se gane la reclamación?
–Si es una hipoteca normal de un consumidor, de una persona que no está especialmente cualificada, que no es un operador bancario o financiero, el éxito es en su práctica totalidad.
–¿Cuánto puede ser la suma que recupera, por término medio, un consumidor que reclama por las condiciones de su hipoteca?
–Está rondando los 7.000 u 8.000 euros. Ahora se ha establecido que la retroactividad es total, no como se establecía en un principio, desde mayo de 2013, sino desde el inicio de la hipoteca. Más o menos ésa es la cantidad que se está obteniendo en una hipoteca media. A veces es más, claro.
–¿Han detectado algún cambio en el comportamiento o actitud de los bancos a raíz de las reclamaciones por las hipotecas o las preferentes?
–Los bancos están cambiando totalmente su forma de actuar. En principio, la cláusula suelo ya desapareció de los contratos bancarios, si no es con una serie de garantías que establezcan que el consumidor sabe perfectamente lo que está firmando y las consecuencias de lo que firma. Y tengo conocimiento también de que últimamente algunos bancos incluso están repartiendo los gastos de la hipoteca, según establece la ley.
–También se aprecia un cambio en el consumidor. De una gran confianza en lo que le decía su banco ha pasado a una desconfianza motivada por todo lo ocurrido en estos años de crisis.
–Sí, claro. Eso por un lado. Pero además, el consumidor, cuando iba a pedir una hipoteca, si no pasaba por lo que el banco le imponía, no conseguía el préstamo. Está cambiando porque ahora el consumidor puede discutir y negociar los términos de esa hipoteca. Ya el banco tiene obligación de negociar y de informar al consumidor de qué es lo que le corresponde y de qué es lo que se está imponiendo. Ése es el cambio fundamental de mentalidad, que el consumidor está en disposición de negociar y de discutir.
–¿Ha desaparecido la sensación de impunidad en los bancos?
–Efectivamente. Ya el banco lo considerará mucho si lo que quiere es imponer una serie de condiciones. Esas condiciones pueden determinar luego la nulidad del contrato si es que hay una imposición. Ya no se impone. Ahora se discute y se establecen las condiciones previa negociación y según la ley.
–¿Ha cambiado también mucho el Derecho en este asunto? ¿Es más justa la situación ahora?
–Yo creo que es evidente que la situación ahora es más justa. Se reparten los gastos en función de lo que establece la ley y de las necesidades del consumidor y del banco también. Es una situación mucho más equilibrada y positiva.

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