La Ciudad Autónoma de Ceuta abrirá la próxima semana, según prevé la Consejería de Fomento, el plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven, que se podrá pedir “con carácter continuado y permanente” hasta que se agote el crédito presupuestario habilitado (200.000 euros en 2022 y otros tantos en 2023), circunstancia que se pondrá en conocimiento de las personas interesadas en el BOCCE, donde este jueves ya se han dado a conocer las bases de la convocatoria. Los beneficiarios recibirán una ayuda de 250 euros mensuales considerando que, en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas jóvenes que convivan en la vivienda puede superar el importe de la renta arrendaticia o precio de cesión que conste en el contrato, que en Ceuta no puede superar los 900 y los 450 euros al mes, respectivamente.
El Bono Alquiler Joven se diseña como una ayuda para menores de 35 años de edad “con objeto de facilitar su emancipación”. Se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades con la que se pretende “facilitar la emancipación de este colectivo, así como contribuir a evitar o, cuanto menos, ralentizar el reto demográfico”.
En Ceuta la suma de las rentas anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato, no pueden superar los 2.316 euros si en la casa conviven dos jóvenes o los 2.900 si lo hacen tres o más. La renta individual anual de cada una de las personas que integren la unidad de convivencia no podrá exceder los 1.737 euros.
Las ayudas se concederán atendiendo a la mera concurrencia de los requisitos para ser persona beneficiaria por aplicación de los criterios establecidos y “siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, siempre que exista consignación presupuestaria”.
La solicitud y la documentación anexa se formalizará por las personas interesadas mediante formulario cumplimentado electrónicamente que estará disponible en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma. No se admitirán las solicitudes cumplimentadas de otra forma.
Las solicitudes deberán incluir copia completa del contrato de arrendamiento y referencia catastral de la vivienda que suponga el domicilio habitual o, si se trata del alquiler o cesión de una habitación, certificación registral o nota simple del Registro de la Propiedad. También certificado colectivo de empadronamiento vigente, vida laboral, documentación acreditativa del pago del alquiler e impreso de domiciliación bancaria.
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