El preso, con esquizofrenia paranoide, había sido condenado por incurrir en un delito de atentado y otro de lesiones La sala de lo Penal número Uno de nuestra ciudad acogió ayer un juicio en el que se trataba de dirimir a qué parte le corresponde afrontar el pago de la responsabilidad civil, toda vez que ya con anterioridad un hombre, preso y que padece ezquizofrenia paranoide, había sido condenado, por vía Penal, en base a la comisión de un delito de atentado y otro delito, de lesiones.
La cuestión por ende estaba clara desde un principio: ¿Qué o quién debe pagar los 5.000 euros que un funcionario de prisiones debe recibir en concepto de indemnización toda vez que fue golpeado por la espalda por un interno y que le tuvo de baja noventa días debido a las lesiones que le causó en la zona cervical?
Así, el Ministerio Fiscal considera que es el Estado el que debe de hacerse cargo del pago de la indemnización toda vez que entiende que el funcionario de prisiones obró bien, cumpliendo a la perfección su trabajo, pero que la precariedad de las circunstancias hizo que entre él y dos compañeros más tuvieran que controlar a más de un centenar de presos, razón por la cual la supervisión de la totalidad de la situación se hacía compleja, y que ésta circunstancia no ocurra, cree la Fiscalía, es competencia del Estado, quien no preservó ni puso las medidas necesarias para que este escenario no fuera así.
En este sentido, la víctima expresó que "en veinte años de servicio jamás vi una prisión con tan pocos recursos, circunstancia que era muy evidente cuando ocurrieron los hechos (14:00 horas del 26 de diciembre de 2008) aunque no tanto ahora por el trabajo desarrollado por el anterior director en la dirección de paliar las situaciones prácticamente incontrolables en un centro obsoleto".
Igualmente se pronunció la Acusación Particular, quien añadió que el funcionario "cumplió con todos los procedimientos del protocolo de seguridad preciso", punto de vista que no compartió la Defensa al apuntar que "hubo exceso de confianza en el trabajo del funcionario y que, sabiendo que el reo era potencialmente peligroso, como lo son todos los condenados y más a aún una persona con trastornos, no hizo lo correcto posicionándose delante suya y de espalda", de modo que defendió que su cliente no debe afrontar pago alguno, toda vez que ya fue condenado por el delito de atentado a seis meses de prisión y por el delito de lesiones a una multa de 180 euros.





