Piden prisión permanente revisable para los acusados de asesinar al cabo Dris Amar

Fiscalía y Acusación Particular consideran que los 4 acusados perpetraron ese asesinato siendo integrantes de una organización criminal | El juicio comenzará el 15 de septiembre con Tribunal de Jurado y es el primero que se celebra en Ceuta con esa petición

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta acoge este mes de septiembre el primer juicio que se celebra en nuestra ciudad en el que tanto Fiscalía como Acusación Particular solicitan pena de prisión permanente revisable.

Es la vista que se sigue por el asesinato del cabo de Regulares, Dris Amar, y que sentará en el banquillo a los 4 acusados de perpetrar dicha acción criminal. Se desarrollará con Tribunal de Jurado, habiéndose reservado varias jornadas para ello.

Comenzará el próximo 15 de septiembre y tanto Fiscalía como Acusación Particular solicitan prisión permanente revisable argumentando que los acusados conformaban una organización criminal que terminó perpetrando ese asesinato.

La prisión permanente revisable es la pena máxima que puede solicitarse y, en el caso de Ceuta, solo se ha formulado este tipo de acusación en este caso -el primero que se va a juzgar- y en el asesinato del niño Mohamed, que aún no tiene señalada vista de juicio oral.

Qué sostienen las acusaciones

En este procedimiento además del Ministerio Público está la Acusación Particular, encargada de defender los intereses de la familia de la víctima. Ambas acusaciones se unen no solo en la petición de cárcel, sino también en el argumentario judicial que la sostiene.

Así, consideran que los 4 acusados, los apodados ‘Castaña’, ‘Colombo’, ‘Popis’ y ‘Monito’, actuaron de “común acuerdo y con un plan preconcebido” para terminar con la vida del cabo Dris en la madrugada del 10 de octubre de 2022.

La Acusación Particular los considera responsables de un delito de asesinato agravado con los delitos conexos de tenencia ilícita de armas y bandas organizada, por lo que solicita la prisión permanente revisable para todos ellos, además de 3 años por tenencia ilícita de armas y 5 por pertenencia a banda organizada.

Fiscalía también considera que se produjeron esos tres delitos, señalando a ‘Popis’ y ‘Castaña’ como autores, mientras que a ‘Colombo’ y ‘Monito’ en calidad de cooperadores del delito. Mantiene la existencia de una agravante por uso de disfraz, toda vez que portaban pasamontañas y bragas para intentar ocultar sus rostros.

Para los 4 acusados solicita penas de prisión permanente revisable y 3 años más por tenencia ilícita de armas.

Los hechos, hace casi 3 años y ahora a las puertas del juicio

Los hechos se produjeron en el interior de un garaje ubicado en el antiguo Poblado Legionario, en la barriada del Príncipe Alfonso. Ese asesinato había sido preparado por miembros y jefes de una organización criminal “totalmente estructurada” en donde “cada miembro tiene un rol concreto”, tal y como se recoge en el escrito de la Acusación Particular, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro.

Esa organización se dedicaba a “actividades de tráfico de estupefacientes y a disparar armas de fuego” para “atemorizar y atentar contra la vida o integridad física” de las personas.

Cuando se produjo la emboscada y posterior ataque, la víctima se encontraba sola, por lo que no tuvo posibilidad alguna de defensa.

Testigos citados

A la vista oral que comenzará en dos semanas tras la selección de los miembros que compondrán el Tribunal de Jurado, se ha citado a un buen número de personas para declarar como testigos.

Entre ellos, los investigadores de la UDYCO que dirigieron la investigación y policías de distintas unidades. También se quiere contar con las declaraciones de los apodados ‘Piolín’ y ‘Laika’, señalados como cabezas del grupo relacionado con los acusados.

Para la comisión del crimen se utilizó una pistola Glock modelo 17, perfectamente preparada para disparar.

Distintas causas por un mismo crimen

La Audiencia estimó el recurso que interpuso la Fiscalía de Ceuta ordenando que la causa abierta tras este crimen termine desglosándose en tres procedimientos diferentes.

Así, se desarrollará este juicio por Tribunal de Jurado por delito de asesinato y sus conexos de tenencia ilícita de armas y grupo criminal; otro distinto también con Jurado por delito de allanamiento de morada; y un tercer juicio seguido con tribunal profesional por atentado, tentativa de homicidio contra dos policías nacionales, tenencia ilícita de armas y grupo criminal.

Esa última vista judicial se suspendió el pasado 27 de mayo, después de que los acusados en esa causa, ‘Popis’ y ‘Castaña’, advirtieran a la Sala de que querían cambiar de abogado. Se les pide más de 35 años de cárcel.

¿Por qué se desglosa en tres piezas distintas? La Fiscalía argumentó la complejidad de la causa, derivada de la existencia de múltiples tipos penales. Además, alegó que, aunque existe una secuencia temporal en la comisión de las distintas acciones delictivas, que tuvieron lugar en una noche concreta, cabe diferenciar que hubo un hecho inicial: el asesinato de Dris Amar, al que siguieron los otros dos.

Cita, así, como segundo episodio delictivo el de los disparos contra dos policías nacionales que habían acudido al garaje del antiguo Poblado Legionario al escuchar disparos y peticiones de auxilio.

Después se produciría el tercero de los actos delincuenciales: el allanamiento de morada, ya que debido a la intervención policial dos de los investigados se introdujeron en la vivienda de una persona en contra de su voluntad con la pretensión de evitar su arresto.

Lo que dijo la Sala

La Sala aceptó el criterio de la Fiscalía, al entender que “no hay unidad de acción, ni simultaneidad en la comisión de los delitos; delitos que además son de diferente naturaleza, protegiendo bienes jurídicos tan diferentes como la inviolabilidad constitucional de un domicilio de una persona ajena a los hechos iniciales, y vida e integridad física de los agentes, así como la garantía del correcto funcionamiento de los servicios y funciones públicas”.

“En ningún caso su enjuiciamiento por separado provocaría la ruptura continencia de la causa, ni existe peligro de originar sentencias contradictorias o de que se perjudique el proceso probatorio”, consideró.

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