A partir de la nómina de agosto, la pensión de viudedad se calculará aplicando el 56% de la base reguladora, es decir, se aumenta el porcentaje en 4 puntos. Desde el próximo 1 de enero de 2019, la viudedad será el 60% de la base reguladora, culminando la subida de 8 puntos. Esta subida, que beneficia a las personas con 65 o más años y que no perciben ingresos por trabajo ni otras pensiones, se aplicará a partir de la nómina del próximo mes.
En el caso de que sean pensiones complementadas a mínimos, no percibirán variación en la paga, ya que el Estado complementa adicionalmente su pensión hasta un mínimo que se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.
Entre los requisitos imprescindibles para beneficiarse de este aumento se encuentra el tener 65 años y no percibir otra pensión pública ni ingresos que superen el límite fijado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para poder beneficiarse de la pensión mínima de viudedad.
Para quienes cobran una pensión de viudedad complementada a mínimos, la subida no supondrá un aumento de la paga. En este colectivo, las pensiones reciben el mínimo establecido cada año en los Presupuestos. Por lo tanto, esta mejora se absorbe parcial o totalmente en el complemento que abona el Estado.
Por su parte la mejora aprobada es independiente de la subida adicional de las pensiones que se aplicará con efectos retroactivos del pasado 1 de enero y que con carácter general supone un aumento del 1,35% (que se suma al 0,25% aplicado en enero). En el caso de las pensiones mínimas, la subida adicional será del 3% (2,75% + 0,25%) en todas las modalidades.
La Seguridad Social prevé que la mejora de la pensión afectará a alrededor de 465.000 personas a partir del 1 de enero de 2019.
Ayudas para mujeres y niñas víctimas de explotación sexual y trata
La Secretaría de Estado de Igualdad ha publicado, con fecha de ayer, en el Boletín Oficial del Estado las ayudas públicas destinadas a proyectos de atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad, correspondiente a 2018, con una dotación de 4.000.000 Euros.
El texto completo de la Resolución está disponible en la página web de la Intervención General de la Administración del Estado, http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index. El plazo para la presentación de solicitudes finaliza a las 23.59 horas del próximo 3 de agosto.
Las solicitudes, dirigidas al órgano convocante, se formalizarán obligatoriamente por vía electrónica, accediendo al formulario a través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, cuya dirección es https://sede.msssi.gob.es/registroElectronico/formularios.ht
Por su parte, las entidades solicitantes podrán presentar un único proyecto, que deberá corresponderse con uno de los siguientes ámbitos de actuación: Itinerarios de asistencia integral, que incluyan medidas de atención, protección y subsistencia de las usuarias, con independencia de su situación administrativa y de que se hayan acogido o no al periodo de restablecimiento y reflexión previsto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. Itinerarios relativos a la prestación de uno o varios servicios, cuando no formen parte de un itinerario integral; o Itinerario de atención a situaciones de especial vulnerabilidad cuando se propongan actuaciones que prioricen la detección y atención a víctimas menores de edad, mujeres extranjeras en situación irregular, entre otras.