La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación ha dictado la primera adenda a la Orden de Servicios emitida tras la declaración del Estado de Alarma para ordenar el trabajo de la Policía Local, a cuyos efectivos se sigue requiriendo “máxima presencia” en la vía pública y “aplicación rigurosa” de la normativa dictada por el Ejecutivo central.
Entre otros aspectos, en la matización de las instrucciones originales se precisa que “el acompañamiento de mascotas” únicamente debe consentirse si se realiza “por una sola persona” y “en la proximidad del domicilio de esta”. “No se permitirá dicha actividad” en lugares o zonas “diferentes a la del domicilio de la persona”.
Con respecto a la movilidad de la ciudadanía, se subraya que “sólo podrá ir una persona por vehículo” salvo “excepciones justificadas” como los taxis, en los que “podrán ir dos personas, conductor y un pasajero, con este último situado en el asiento trasero en la parte opuesta al conductor”.
Los transportistas de servicios esenciales, empresas de mantenimiento (equipos de trabajo) también podrán ser llevar más de una persona en el mismo automóvil, pero “siempre de forma razonablemente justificada (facturas, pedidos, avales, etcétera)”.
La circulación por las vías públicas de los vehículos de transporte público de mercancías (camiones, furgonetas, etcétera) se permitirá con dos ocupantes en cabina contando al conductor.
Respecto a las personas de especial vulnerabilidad, como menores, mayores o discapacitados, “no cabe esta restricción”.
La adenda dictada por la Consejería aclara, con respecto a la apertura de establecimientos, que si un local no está abierto al público, aunque sus trabajadores permanecen en su interior trabajando “no se procederá a su denuncia simplemente”, sino que “se velará por que cumplan las indicaciones de las autoridades sanitarias”.
El GOA se encargará de realizar “las actuaciones dirigidas al control de la suspensión de la apertura al público respecto a los establecimientos de alojamiento turístico” de acuerdo con las normas dictadas esta semana por el Ministerio.
“Todos” los menores extranjeros no acompañados que localice la Policía deberán ser trasladados a San Amelia y “en ningún caso” a ‘La Esperanza’, “aunque puedan haber estado acogidos en este o pertenecer al mismo”. Los agentes que trasladen a un MENA habrán de rellenar los datos filiatorios de la Ficha de Ingreso que se les facilitará para hacer entrega del menor y del documento de reseña cumplimentado a los vigilantes de seguridad, que procederán a “tomar la huella dactilar”. Sin impreso tendrán que hacer la reseña de datos en una hoja de filiación y entregarla igualmente a los vigilantes del polideportivo.
La adenda de instrucciones a la Policía Local de la Consejería de Gobernación establece que “para evitar el tránsito de policías, funcionarios y personal de Amgevicesa por las zonas comunes de las dependencias del Cuerpo” y “entre las diferentes oficinas de la Policía”, todas aquellas actuaciones que puedan realizarse por vía telefónica o telemática tendrán que efectuarse por esos medios. “Aquellas que no admitan su ejecución por estas vías pero cuya ejecución sea urgente y necesaria se realizará personalmente adoptando las medidas de seguridad previstas”, precisa la Orden de Servicios, que advierte que “en caso contrario, no se realizarán”.
El documento también subraya que los traslados de menores extranjeros no acompañados u otras personas en vehículos policiales “habrán de realizarse con mascarillas y guantes de protección en la forma establecida en la Circular 5/2020 de la Policía”.
Una vez terminado el traslado, los agentes tendrán que proceder al lavado de manos con los guantes puestos y no podrán quitarse la mascarilla, adoptando las medidas de desinfección del vehículo con solución hidroalcohólica, “especialmente la zona que hubiera sido ocupada por las personas conducidas”.
Esta operación se repetirá “tantas veces como personas ajenas al servicio se introduzcan en el vehículo”, exigen las orientaciones dictadas.
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