El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio seguido contra dos personas por un delito de bigamia. Se enfrentan a 1 año de cárcel y será ahora el juez quien determine la implicación o no de la pareja, él de Tetuán (Marruecos) y ella de Ceuta.
Ninguno de los dos acusados quiso prestar declaración y, mientras el Ministerio Fiscal considera que hay fundamento para el dictado de una sentencia condenatoria, la Defensa entiende todo lo contrario, que ambos deben quedar absueltos.
Los hechos que motivaron que esta pareja haya terminado ante el juez se produjeron en septiembre de 2022. Entiende la Fiscalía que cuando ambos acudieron al Registro Civil para obtener resolución judicial concediendo capacidad para contraer matrimonio coránico en España, ya sabían que el tetuaní estaba casado con otra mujer desde julio de ese año.
Mantiene el Ministerio Público que ambos eran conocedores de que había un impedimento legal para contraer matrimonio, ya que él estaba casado legalmente con otra mujer. A pesar de ello, en las comparecencias que se hicieron en el Registro Civil, manifestaron que él estaba soltero.
A consecuencia de aquello se dictó auto concediendo la capacidad para contraer matrimonio coránico, celebrándose en octubre de ese 2022 e inscribiéndose en el Registro Civil días después.
La Defensa mantuvo que su patrocinado había contraído matrimonio, pero por la ley coránica, sin haberse inscrito en ningún registro ni en España ni Marruecos, por lo que era un casamiento únicamente por el rito religioso.
Resaltó, en su defensa, que tampoco la Fiscalía había verificado si existía sentencia de divorcio y que al igual que aceptó la denuncia de la testigo en el consulado se debería haber constatado tal extremo.
La acusada, en su derecho a la última palabra, recalcó que nada sabía de esa denuncia.
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