Categorías: Tribunales y justicia

Pagará una multa por ‘okupar’ una casa tras entrar forzando la cerradura

Reconoce los hechos y abonará 30 euros por incurrir en una falta de coacciones l La petición inicial era por un delito de usurpación

Un vecino de nuestra ciudad fue ayer condenado en la Sala de lo Penal número Uno por incurrir en una falta de coacciones, como reconoció ante el tribunal, mostrando acto seguido conformidad con la pena que solicitaba el Ministerio Fiscal. De tal manera, deberá abonar una multa de 30 euros. Evitó asimismo, en el caso de que la magistrada juez titular del mencionado órgano así lo hubiera entendido y fundamentado, una condena por delito de usurpación de inmueble, que era la petición inicial del Ministerio Público.
Todo ello es la consecuencia penal de unos hechos que sucedieron a lo largo del pasado año, cuando el condenado se desplazó hasta una vivienda sita en una calle del centro para proceder a cambiar la cerradura de un piso e impedir de tal manera que el legítimo inquilino dispusiera al libre albedrío de su domicilio.

Otros juicios en la Sala
Por otra parte, un ciudadano de nacionalidad marroquí acusado de incurrir en un delito contra la salud pública inculpó a otro hombre, de modo que el caso fue devuelto a fase de Instrucción, en pos de esclarecer qué papel juega en el caso el nuevo sospechoso. A la espera de que la Justicia determine este hecho, el hombre aseguró que esa persona le había metido hachís en su coche, siendo detenido por agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la Estación Marítima de Ceuta el pasado 2 de diciembre a las 17:00 horas. Llevaba 49 kilos, que iban ocultos en la parte delantera de su vehículo, un Mercedes Benz de su propiedad. Por todo ello, el Ministerio Fiscal, al entender que es culpable, a la espera de conocer más datos en la investigación, solicitó una pena de cárcel de 3 años y 4 meses para este ciudadano del país galo. Por último, cabe destacar que esta parte cree que la droga iba a ser destinada para la venta ilegal a terceras personas una vez que el cargamento llegara la península, un hecho constitutivo de delito, según recoge el Código Penal Español.
Por último lugar, cabe destacar que  una vista en la que se trataba de dirimir la implicación de un acusado en un presunto delito vial, quedó finalmente suspendida, y por ende aplazada hasta nuevo aviso, por ausencia de testigos que pudieran resultar clave para esclarecer el caso.

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