Categorías: Tribunales y justicia

Pagará una multa por cambiar la cerradura de una vivienda de otra persona

Reconoció los hechos y fue condenado por una falta de coacciones en la Sala de lo Penal 2 l En un principio, se le pedía delito

Un vecino de nuestra ciudad fue ayer condenado en la Sala de lo Penal número Uno de por incurrir en una falta de coacciones, como reconoció ante el tribunal, mostrando acto seguido conformidad con la pena que solicitaba el Ministerio Fiscal. De tal manera, deberá abonar una multa de 120 euros, consecuencia del pago de seis euros durante veinte días. Evitó asimismo, en el caso de que la magistrada juez titular del mencionado órgano así lo hubiera entendido y fundamentado, una condena por delito, que era la petición inicial del Ministerio Público.
Todo ello es la consecuencia penal de unos hechos que sucedieron en torno a las 15:00 horas del 5 de noviembre del pasado año, cuando el condenado se desplazó hasta una vivienda sita en calle Zurbarán para proceder a cambiar la cerradura de un piso e impedir de tal manera que el legítimo inquilino dispusiera al libre albedrío de su domicilio.
Por otra parte, un ciudadano francés acusado de incurrir en un delito contra la salud pública inculpó a otro hombre, de modo que el caso fue devuelto a fase de Instrucción, en pos de esclarecer qué papel juega en el caso el nuevo sospechoso. A la espera de que la Justicia determine este hecho, el francés aseguró que esa persona le había metido hachís en su coche, siendo detenido por agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la Estación Marítima de Ceuta el pasado 3 de noviembre a las 13:00 horas. Llevaba 42 kilos, que iban ocultos en la parte delantera de su vehículo, un Peugeot 307 de su propiedad. Por todo ello, el Ministerio Fiscal, al entender que es culpable, a la espera de conocer más datos en la investigación, solicitó una pena de cárcel de 3 años y 4 meses para este ciudadano del país galo. Por último, cabe destacar que esta parte cree que la droga iba a ser destinada para la venta ilegal a terceras personas una vez que el cargamento llegara la península, un hecho constitutivo de delito, según recoge el Código Penal Español.

 

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