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Ojo con los “regalos navideños” que puede mandar Hacienda

La Agencia Tributaria está comenzando con el envío de avisos de la Declaración de la Renta a sus usuarios

Por Beatriz Martínez
11/11/2025 - 21:51
Imagen de archivo

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La Navidad está a la vuelta de la esquina y ya se están llenando las calles de Ceuta de ilusión y buenos propósitos, pero todo esto puede truncarse por un regalo inesperado por parte de la Agencia Tributaria, los denominados avisos de la Declaración de la Renta.

Estos están llegando durante estos días y van dirigidos para aquellas personas que no completaron bien su declaración en la campaña del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, o aún no la han presentado.

Por esta razón, Hacienda se pone en contacto con el objetivo de solventar las incidencias fiscales detectadas o la verificación de algunos datos de la declaración, es por ello que hay que leer detenidamente lo que nos demandan por correo postal o mediante SMS porque hay diferentes tipos.

Tipologías

Algunas son solo cartas informativas, las cuales no hace falta contestar, pero si tenemos el deber de verificar que se ha recibido. En el requerimiento sí habrá que contestar debido a que si el trámite no se realiza puede incurrir en sanción.

Por otra parte, está la propuesta de liquidación, la cual hay que revisar y alegar si procede. En cuanto a la resolución del procedimiento no hay que responder siempre, solo ver si hay carta de pago si no nos ha salido a devolver. Para la providencia sí hay que actuar con rapidez, debido a que fija fechas de cobro de la deuda y puede tener suspensión.

Asimismo, también está la diligencia de embargo, en la cual hay que pagar para levantar el mismo y puede afectar a bienes, salario o cuentas. En el inicio de investigación hay que responder y aportar documentación. Por último, está el expediente sancionador, que se debe atender y alegar ya que confirma una infracción y puede conllevar multa.

Pasos a seguir

Si nos llega una carta de estas características desde la Agencia Tributaria, la prioridad es leerla con detenimiento y ver primero la documentación concreta que nos piden y cual es la fecha límite.

Una vez revisada y asegurándonos de que no queda ningún punto sin contestar, se reducirán riesgos y no podremos caer en tener que pagar alguna sanción.

Tags: EconomíaImpuestosRenta

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