La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un nuevo anuncio relacionado con procedimientos de baja definitiva por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
La medida afecta a varias personas cuyos expedientes están siendo tramitados por el Negociado de Estadística tras no haber podido acreditarse su permanencia efectiva en los domicilios donde figuraban empadronadas.
Según recoge la notificación oficial de la Consejería de Presidencia y Gobernación, el procedimiento se inicia después de haberse practicado el correspondiente trámite de audiencia previsto en la legislación administrativa vigente.
El anuncio, firmado por el consejero Alberto Gaitán Rodríguez, señala que los expedientes se encuentran en fase de tramitación debido a que “no queda probada la permanencia en el domicilio” y, por tanto, tampoco la vecindad administrativa en la ciudad autónoma.
Este tipo de procedimientos se producen cuando la Administración considera que una persona figura empadronada en un domicilio donde realmente no reside o no ha podido demostrarse su residencia habitual.
La actuación se ampara en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y permite a los ayuntamientos o administraciones competentes dar de baja de oficio a ciudadanos inscritos incorrectamente en el padrón.
En este caso, la Ciudad explica que intentó realizar la notificación personal a los interesados, pero dichos intentos resultaron fallidos, motivo por el cual la comunicación se realiza ahora mediante publicación oficial en el BOE.
La publicación establece que las personas incluidas en el listado disponen de un plazo de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del anuncio para comparecer ante el Negociado de Estadística, ubicado en el Palacio de la Asamblea.
Durante ese periodo podrán:
La Administración advierte además de que, si los afectados no comparecen dentro del plazo establecido, la notificación se entenderá practicada “a todos los efectos legales”.
Una vez finalizado ese procedimiento, la Ciudad podrá proceder a la baja definitiva en el Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida.
El BOE incorpora un anexo con varios expedientes vinculados a este procedimiento administrativo. Entre ellos aparecen diferentes números de DNI y NIE correspondientes a personas presuntamente afectadas por estas bajas de oficio.
La medida forma parte de los controles periódicos que realizan las administraciones para verificar que las inscripciones padronales se ajustan a la residencia real de los ciudadanos.
El padrón municipal constituye un registro clave para numerosos trámites administrativos, acceso a servicios públicos y elaboración de estadísticas oficiales de población, por lo que las administraciones mantienen mecanismos de comprobación y depuración de datos.
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