A partir de 2024, la nueva reforma del sistema de pensiones español afecta a todas las modalidades de jubilación, lo que ha despertado también un gran interés entre los vecinos de Ceuta quieren saber cuál será la edad ordinaria de jubilación.
Además, con esta reforma se modifican las condiciones para solicitar la jubilación anticipada, resultando imprescindible conocer los criterios incorporados por la Seguridad Social como el incremento del periodo cotizado y los nuevos requisitos para anticipar la pensión.
Para poder resolver todas las dudas que puedan surgir sobre los cambios y tomando como referencia la clasificación por edad, beneficiario, tipo de jubilación y cotización exigida, la agencia Lefebvre ha elaborado una infografía que resume los puntos principales donde conocer, por ejemplo, cuál es la edad mínima a la hora de jubilarse anticipadamente de forma voluntaria o involuntaria o cómo se calcula la base reguladora de la pensión de jubilación ordinaria.
Novedades en la jubilación anticipada
- 52 años (15 años de cotización exigida): edad mínima de jubilación por aplicación de coeficientes reductores de la edad.
- 56 años (15 años de cotización exigida): discapacidad del 45%.
- 60 años (1.800 días al SOVI o Afiliación Retiro Obrero, cotización exigida): afecto de IPT por contingencias comunes (vejez por invalidez del SOVI).
- 61 años (al menos 38 años cotizados) y 62 años + 6 meses (menos de 38 años cotizados): se exige, entre otros, una cotización mínima de 33 años y existe una elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027.
- 62 años + 6 meses (al menos 36 años cotizados) y 64 años (menos de 36 años cotizados): con mínimo de años cotizados o bien, 25 años si hay alguna discapacidad. También, con elevación gradual de la edad de acceso hasta 2027.
- 63 años (al menos 38 años cotizados) y 64 años + 6 meses (menos de 38 años cotizados): Aquí cambia la elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027 y existe un criterio nuevo sobre el tiempo cotizado.
Jubilación ordinaria
- 65 años (1.800 días al SOVI o Afiliación Retiro Obrero, cotización exigida): pensión del SOVI no contributiva.
- 65 años (al menos 38 años cotizados) y 66 años + 6 meses (menos de 38 años cotizados): jubilación ordinaria o jubilación parcial diferida sobre la que hay que tener en cuenta la elevación ordinaria de jubilación de 2013 a 2027.
- Más de 65 años (al menos 38 años cotizados) y más de 66 años + 6 meses (menos de 38 años cotizados). Es una jubilación demorada.
- 66 años (al menos 38 años cotizados) y 67 años + 6 meses (menos de 38 años cotizados). El criterio actual de años cotizados cambia el 31 de diciembre de 2027.
Edad de acceso a la jubilación
La edad ordinaria de jubilación es:
- 65 años, al menos 38 años cotizados.
- 66 años + 6 meses, menos de 38 años cotizados.
La edad para la jubilación parcial anticipada es:
- 64 años, menos de 36 años cotizados.
- 62 años + 6 meses, al menos 36 años cotizados.
La edad de acceso a la jubilación anticipada puede ser involuntaria o voluntaria. En cada uno de estos casos la edad de acceso es distinta, aunque ambas modalidades coinciden en que se deben tener al menos 38 años cotizados.
Os lo envío para leerlo a los que votais todavía y creéis que estos personajes te van a representar para las necesidades más urgentes.
Esto se ha convertido en un negocio donde los políticos se aumenten los privilegios los afiliados los amigachos y los que no dan un palo al agua.
Porque no llega el dinero a todas nuestras urgencias porque ellos se gastan dinero público despilfarrandolo en sus cargos y vengan desplazamientos,dietas,complementos y hoteles de 5 estrellas este es el cáncer que tenemos que seguís votando a los que deberían gestionar la economía en condiciones.
Pues a lo mejor…..todavía estás a tiempo de hacerte funcionar@…..si tanto te gusta!
Si 42 € me han subido tanto bombo que le han dado,para un par de botellas de aceite
Si te coge el PP y el que manda ahora el feijoo te deja pelao, no se si llegarán ellos, seria todavía peor me lo imagino ya han demostrado en 47 años a que se dedican tambien.
Esta es la tabla de jubilación de empresa privada . Y la publica (funcionarios ) se jubilan a 58 ,59 y a los 60 años . En España hay dos clases de jubilacion