EFE
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles un anuncio crucial de la Delegación del Gobierno en Ceuta sobre multas a vecinos de la ciudad que se han encarado con las autoridades.
El documento recoge una serie de notificaciones de sanciones vinculadas a la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como Ley Mordaza, que no pudieron ser entregadas en los domicilios conocidos.
Aunque la mayoría de los expedientes sancionadores tienen su origen en la ciudad autónoma, el alcance del anuncio afecta a ciudadanos con identificadores registrados en diversas zonas.
Los interesados disponen de un plazo máximo de 10 días naturales, a contar desde el 23 de julio, para conocer el texto íntegro de su notificación. Según advierte la Secretaría General, si no se comparece en este periodo, la notificación de la multa en Ceuta se considerará producida a todos los efectos legales.
Para consultar el expediente completo de estas multas en Ceuta, la administración ofrece dos vías:
Es fundamental revisar estos expedientes sancionadores en el BOE para ejercer el derecho a la defensa dentro de los márgenes que establece la Ley 39/2015.
Todos estos expedientes se amparan en la Ley Orgánica 4/2015, conocida popularmente como la Ley Mordaza, que tiene por objeto la protección de personas y bienes, así como el mantenimiento de la tranquilidad ciudadana.
El BOE en Ceuta detalla tanto resoluciones definitivas como acuerdos de iniciación de nuevos expedientes sancionadores.
Las infracciones recogidas en esta ley pueden variar según su gravedad, destacando entre las más comunes:
Las infracciones muy graves por la Ley Mordaza se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.2, los tramos correspondientes a los grados máximo, medio y mínimo de las multas previstas por la comisión de infracciones graves y muy graves serán los siguientes:
Para las infracciones muy graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 30.001 a 220.000 euros; el grado medio, de 220.001 a 410.000 euros, y el grado máximo, de 410.001 a 600.000 euros.
Para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400; el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros.
Si sospechas que puedes tener una sanción pendiente o si tu DNI coincide con alguno de los publicados en el BOE de Ceuta, no dejes pasar el plazo de 10 días.
La digitalización de la administración permite que hoy sea más fácil que nunca comprobar estas multas en Ceuta a través de la Sede Electrónica, evitando desplazamientos innecesarios a la calle Beatriz de Silva.
Recuerda que la Ley Orgánica 4/2015 es estricta en sus plazos y formas. Estar informado a través de fuentes oficiales como el BOE es la mejor herramienta para mantener tus asuntos administrativos al día y ejercer tu derecho a la defensa de manera efectiva.
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