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Las multas por ITV caducada aumentaron un 129% en los últimos 6 años en Ceuta

En el 2021 las sanciones por tener la ITV caducada en Ceuta aumentaron un 129% con respecto al 2015. Es el dato que arroja el análisis de las cifras publicadas por la Dirección General de Tráfico y que han sido analizadas y comparadas por la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV. Según se indica, el año pasado en la ciudad autónoma se registraron 2.169 multas por no tener la ITV al día, lo que supone 1.222 más que en el 2015, cuando hubo 947. “Se trata de un dato que, lamentablemente, era de esperar teniendo en cuenta que el absentismo en la ITV se mantiene en los niveles más altos de los últimos 10 años; una situación preocupante porque demuestra que aún son muchos los conductores que no son conscientes del papel fundamental que tiene la inspección técnica en la seguridad vial y en la protección al medio ambiente”, ha asegurado Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV. Y es que, como ya es conocido y se advierte desde las instituciones competentes en la materia, no tener la inspección técnica de tu vehículo al día puede ser causante de siniestros viales, con fallecidos y heridos de gravedad. Además, está calificado como una infracción grave o muy grave por la normativa aplicable en materia de tráfico; un incumplimiento que puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso. Pese a ello, las multas por este hecho han aumentado en los últimos años tanto en Ceuta como en el resto de España.

Estas son las sanciones

Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía se considera una infracción grave sancionada con 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV. Por otro lado, circular con la ITV desfavorable, es decir, seguir circulando con el vehículo pese a que se le detectaron defectos graves que sólo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación se considera una infracción grave sancionada con una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo en el momento en el que se le detectan los defectos graves está obligado a repararlos y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos. Circular con una ITV negativa, es decir, seguir circulando con el vehículo al cual se le han detectado defectos muy graves se considera una infracción muy grave sancionada con una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de los defectos. Por último, a estas sanciones y al potencial riesgo para la seguridad vial que implica circular con el vehículo en estas condiciones, hay que añadir, en la mayoría de los supuestos, la no cobertura de la compañía aseguradora en caso de siniestro, lo que puede originar unos elevados gastos para el propietario del vehículo en función de la gravedad del hecho.

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