La magistrada titular del Juzgado de lo Penal Número 1 de Ceuta condenó al llamado M.S. por un delito de lesiones, mediante el uso de una piedra. El acusado reconoció los hecho y aceptó la pena de 9 meses de multa a razón de 5 euros diarios. Además de abonar la cantidad de 450 euros a la víctima como responsabilidad civil por los daños que le ocasionó. Asimismo, el otro acusado fue absuelto, ya que el mismo condenado reflejó que no había sido agredido por él. El acuerdo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración del juicio y así una reducción de la pena.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 19 de abril de este mismo año. El acusado, con antecedentes penales computables con sentencia firme del Penal 2 por un delito de lesiones, sobre las 11:00 horas, en la calle Santos Vilela en una discusión con la víctima, el acusado cogió una piedra con ánimo de menoscabar la integridad física de la otra persona, y le golpeó en repetidas ocasiones.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones consistentes en la cabeza y en el cuello de los que precisó tratamiento médico quirúrgico, además de 2 días de perjuicio moderado y 6 de perjuicio básico.
Además de la multa económica y de la indemnización a la víctima, el acusado deberá hacer frente a las costas judiciales. La magistrada acordó que se pusiera en libertad al acusado, ya que venía preso de la prisión de Mendizábal por los hechos relatados con anterioridad.
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