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Mirando hacia otro lado

Es un delito, pero nadie actúa cuando se produce a plena luz del día, a ojos de quienes deben impedirlo.El ejercicio de la mendicidad haciendo uso de menores para incrementar la carga de pena y conseguir la limosna está a la orden del día. Mientras las parejas de la Policía Local hacen sus rondas de vigilancia por el paseo del Revellín, una madre muestra su mano a todo aquel viandante que pasea cerca suya. En los brazos un menor dormido: un señuelo que le servirá -o al menos eso piensa- para obtener más limosnas en un periodo de crisis en el que ni las conciencias acostumbran ya a removerse ante este tipo de situaciones. Algunos viandantes miran, otros disimulan para no tener que cruzarse con los ojos de la fémina y así pervive lo que es un delito al que nadie pone remedio.

La Policía Local, encargada de hacer cumplir las ordenanzas, poco o nada hace al respecto. Fuentes policiales consultadas por ‘El Faro’ señalan que actuar es chocar contra un muro. ¿Por qué? Si detectan a una mujer ejerciendo la mendicidad deben practicar las oportunas diligencias y presentarlas en la Policía Nacional. Habría que seguir un protocolo que terminaría llegando a la Fiscalía de Menores para que actuara al respecto. La cadena no se cumple y los pocos agentes que han decidido actuar si son testigos de estas prácticas han terminado encogiéndose de hombros. ¿Cuál es entonces la realidad? Que se producen imágenes como la que ilustra este reportaje, tomada a plena luz del día en el paseo del Revellín y ante la presencia de las fuerzas de seguridad, contra las que nadie actúa. Los derechos del menor son inexistentes y ninguna institución actúa por hacerlos valer. ¿Y si lo hicieran?, ¿de qué delito estaríamos hablando?
Penalmente el uso de menores para la práctica de la mendicidad está penado en base al artículo 232 del Código Penal con cárcel de 6 meses a un año, según la gravedad del caso. Si no se detecta la penalidad de la situación sí cabría actuar a través de los servicios del ayuntamiento, es decir, dando traslado del caso a los servicios sociales previa intervención de la Policía Local para que se investigue si el menor se encuentra en desamparo. Si la mujer que practica la mendicidad es extranjera habría que dar parte a la Policía Nacional y practicar su expulsión; si en cambio es de Ceuta debería darse siempre parte a Servicios Sociales. ¿Cuál es la realidad? Que nadie actúa permitiéndose estas prácticas ilegales.

 

Una acción global inexistente

Hace ya muchos años que se intentó avanzar en este campo buscando una acción global para terminar con el uso de niños para la práctica de la mendicidad. Hubo directrices judiciales para que se actuara contra los progenitores que usaban a los menores, incluso retirándoles a los pequeños. Aquellas medidas no obtuvieron los resultados debidos, quitar los hijos a sus madres era un imposible así que la situación ha pasado del blanco al negro, es decir, de pretender hacer un todo a, sencillamente, pasar del problema y, como mucho, mirar hacia otro lado.

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