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Condenado por simulación: se inventó que inmigrantes le robaron

El Juzgado de lo Penal número 2 impone una multa a un hombre que simuló que unos magrebíes le habían sustraído con violencia su mochila

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un varón identificado como J.M.P.B. como autor de un intento de simulación de delito a una pena de 3 meses y 15 días de multa a razón de 7 euros diarios.

Las mentiras, como dice el refrán, tienen las patas muy cortas. Y en este caso, además de que el acusado faltó a la verdad, señaló a unos inmigrantes como autores de un robo imposible porque no existió.

El magistrado considera probado que, en la mañana del 12 de marzo de 2023, el ahora condenado acudió a las dependencias de la Policía Nacional para denunciar, a sabiendas de que era mentira, que había sido víctima de un robo con violencia e intimidación.

Dijo que le habían abordado a las tres de la madrugada cuatro individuos de raza magrebí, inmigrantes, para robarle su mochila que contenía tarjetas de crédito, un billete de barco, 30 euros, un teléfono móvil, un cargador y unos auriculares.

Todo era mentira, se trataba de la denuncia de una ficción, de una acción mendaz.

Testigos de policías que son claves

El ya condenado ni siquiera compareció al acto de juicio oral que se celebró en su ausencia. Sí que lo hicieron agentes de la Policía Nacional en calidad de testigos para recordar que cuando el acusado fue a las dependencias de la Jefatura Superior denunció de manera confusa, sin aportar muchos datos.

¿Cómo supieron que lo que denunciaba era falso? Pues porque precisamente un día antes un ciudadano había depositado en la oficina de denuncias su mochila, es decir, no se la había robado nadie, sino que la había perdido.

Lo que estaba haciendo era mentir a la Policía y tanto lo hacía porque cuando los agentes le llamaron portaba el teléfono que, supuestamente, le habían robado.

Los testimonios de los policías, adscritos al Grupo Patrimonio de la UDEV, han constituido prueba de cargo suficiente para, “más allá de toda duda razonable, declarar enervado el derecho del acusado a la presunción de inocencia”, tal y como viene recogido en sentencia.

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