Sociedad

Un militar condenado por agresión sexual a una joven en Millán Astray

“¿Cuánto me vas a costar? No te va a faltar de nada, tengo farlopa y dinero”. Esto es lo que le dijo, la noche del 14 de febrero de este año, un sargento primero destinado en Melilla a una mujer en plena calle Millán Astray, a la que luego agrediría sexualmente. Le tocó distintas partes del cuerpo para darle finalmente un puñetazo en el estómago, tal y como se recoge en el escrito presentado a juicio por el Ministerio Fiscal. No fue a más por la intervención de dos policías nacionales fuera de servicio que procedieron a su detención.

Este miércoles se tenía que celebrar el juicio por estos hechos en la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, pero un acuerdo entre Fiscalía y la Defensa del acusado se tradujo en una conformidad por la que quedó rebajada notablemente la pena inicialmente solicitada.

Así, el llamado D.G.H. asumió su implicación en tres delitos: uno contra la salud pública, otro de resistencia y un tercero de agresión sexual, que se traducen en dos años y seis meses de prisión además del pago de 900 euros. La Sala aceptó su no entrada en prisión pero le apercibió al pago de 12.000 euros para evitarlo y ordenó una prohibición de acercarse a la víctima durante cinco años.

La Defensa calificó los hechos de “fortuitos” con “un mal desenlace”, destacando que su patrocinado “nunca se ha visto implicado en altercados”, salvo lo que pasó esa jornada, “la de una muy mala noche”.

La condena por un delito contra la salud pública deriva de la posesión de dos papelinas de cocaína que portaba en el momento en que fue arrestado. La de resistencia, por intentar evitar su detención, habiéndose dirigido hacia los agentes con las frases de “no sabéis con quién estáis hablando, yo soy militar, a mí no me podéis tocar, suéltame, os vais a enterar de con quién estáis tratando”, recoge el escrito de Fiscalía.

Por último, el de agresión sexual se refiere explícitamente a los tocamientos que efectuó contra la víctima. Ni ella ni los policías nacionales llegaron a prestar declaración al existir la conformidad previa que evitó la celebración de la vista señalada.

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