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El MEFP aliviará la jornada a docentes de 55 a 64 años

El Ministerio de Educación prevé que el profesorado de edad más avanzada pueda sustituir hasta tres horas de clase por otras actividades el próximo año académico

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) prevé incluir en sus Instrucciones para el próximo curso que el profesorado de Ceuta mayor de 55 años y no pase de 64 se pueda acoger a una sustitución parcial de su horario lectivo por otras actividades sin más limitación que en el caso de que la aplicación de esa medida “origine en la especialidad un número de horas lectivas residual que no puedan ser cubiertas”.

Según el borrador elaborado por la administración, podrán sustituirse hasta dos horas lectivas por semana los funcionarios con entre 55 y 58 años cumplidos a fecha 31 de agosto. Quienes cuenten con entre 59 y 64 podrán reemplazar hasta tres por “otras actividades”.

Esas alternativas pueden ser “la realización de actividades complementarias, el diseño y coordinación de extraescolares, la atención a la biblioteca, la participación en programas institucionales, el seguimiento y control del absentismo, la realización de programas y proyectos (de fomento de la lectura, concursos, prevención de drogodependencias, revistas o periódicos del centro...), tutorías de profesorado en prácticas o ser responsable de actividades deportivas, culturales o artísticas”.

La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa también ha incluido de entrada como tareas para sustituir horas lectivas la realización de guardias, pero la Junta de Personal Docente No Universitario ha solicitado que esa posibilidad se suprima, ya que la misma es tan o más exigente que impartir clase.

Para la aplicación de las sustituciones será necesario “presentar un Plan de Actividades para este profesorado incluyendo procedimientos de seguimiento y evaluación”. El mismo deberá incluirse en la Programación General Anual del centro para el curso 2023-2024.

Prioridad

Los docentes con más de 55 años tendrán prioridad cuando lo soliciten y reúnan los requisitos y el perfil adecuado para realizar funciones como el apoyo a otro profesorado en la realización de sus actividades, las guardias de recreo, el apoyo a las tareas de coordinación de Competencia Digital, la atención al servicio de comedor, el asesoramiento en la acreditación de competencias o la participación en proyectos de innovación y mejora.

No podrán acogerse a la sustitución parcial del horario lectivo quienes ya disfruten de una reducción, tengan compatibilidad con otra actividad, se encuentren en comisión de servicios, impartan módulos de FP o de Artes Plástica en cursos en los que el alumnado haga formación en centros de trabajo y superen los 65 años y “hayan decidido mantener voluntariamente su actividad laboral”.

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