La portavoz del Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía de Ceuta (MDyC) en la Asamblea, Fatima Hamed, ha presentado varias enmiendas al acuerdo del Pleno para acatar sin despedir a nadie la última sentencia del TSJA sobre el número de asesores que puede tener la administración local, no más de 25, a ojos del Tribunal, como miembros de la Corporación. El pacto pasa por transferir una cantidad a los Grupos Parlamentarios para que estos se hagan cargo directamente de la contratación de parte de sus eventuales, como en las Cortes Generales o el Parlamento europeo.
La localista cree, sin embargo, que la solución no debe conducir a mantener al mismo número actual de trabajadores de designación política, más de 40 si se suman los de los partidos, los de la Vicepresidencia Primera y los del Gobierno, sino limitar su número a uno por escaño y distribuirlos de esa forma entre las distintas formaciones con representación institucional, estén o no en el Ejecutivo.
Como alternativa a este nuevo paradigma, la líder del MDyC ha planteado que los contratados externamente y hasta el final de la legislatura sean “los que actualmente prestan sus tareas al equipo de Gobierno”.
En tercer lugar, Hamed ha planteado que se asuma la redacción del Reglamento de la Asamblea de Melilla, que concede a los partidos con entre uno y tres diputados la posibilidad de contar con dos auxiliares administrativos y un asesor; a los que ocupan entre cuatro y seis escaños, tres y dos; y a los que tienen más de siete representantes electos, cuatro y tres.
En el caso de que un partido superase los once diputados podría sumar un auxiliar administrativo más.
El informe jurídico elaborado sobre los planteamientos del Movimiento concluye que su primera opción no debe ser aprobada “por entrar en contradicción con otro apartado aprobado inicialmente por el Pleno” y que las otras dos no son “conformes a derecho”. En el primer caso, por “limitar la contratación de los grupos políticos”. En el segundo, por “omitir las determinaciones legalmente preceptivas sobre las retribuciones y otras condiciones laborales del personal eventual”.
El PSOE ha planteado que el Consejo de Gobierno se limite a 13 asesores y que la oposición se reparta una docena: cuatro para su Grupo Parlamentario, dos para Vox y uno para PP, MDyC y Ceuta Ya!. Además, los socialistas tendrían también los tres cuyo nombramiento se atribuye a Cristina Pérez, con lo que no tendrían que contratar directamente con la transferencia que le haría la administración a ninguno de sus eventuales, fórmula que rechazan.
El Tribunal Supremo no ha admitido a casación el recurso interpuesto por la Ciudad contra el fallo del Superior de Justicia de Andalucía que concluyó que Ceuta debe someterse al artículo 104 bis de la Ley de Bases de Régimen Local en lo que toca al límite del número de personal eventual que debe tener la administración autonómica, fijándose en 25, número equivalente al de miembros electos de la Corporación.
El Reglamento local dice que “el número total de personal eventual asignado a los Grupos y a la Mesa no podrá exceder del número de miembros de la Asamblea, sin que éstos se computen a los efectos de los límites de personal eventual que impone la legislación básica de Régimen Local”, por lo que choca frontalmente con el contenido del veredicto que obliga a modificar su contenido.
Al tener que aceptar que los asesores nombrados por el Ejecutivo sí computan a los efectos de los límites que por su número impone la legislación básica de Régimen Local, la Asamblea se ve obligada a modificar su propia normativa.
La idea sobre la que se intentó consensuar un acuerdo pasaba por no destruir empleo ni laminar los recursos a disposición de la oposición para su labor de fiscalización, conservando la Ciudad a 25 eventuales en nómina y sufragando los costes laborales del resto vía transferencia a los partidos que los han nombrado.
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