Ya hay fecha para la celebración de la próxima Marcha por la Dignidad. Este 2020 tendrá lugar el 8 de febrero y será la séptima ocasión en la que los ciudadanos caminan hacia el espigón del Tarajal, en donde en 2014, un 6 de febrero, murieron 15 subsaharianos cuando intentaban cruzar a nado el espigón fronterizo.
La organización de esta marcha tiene de momento elegida la fecha, pero trabaja en diversas actividades que acompañarán lo que es la fase estelar de esa jornada y que, en anteriores ocasiones, han consistido en charlas, conferencias y testimonios directos además de documentales.
El lema elegido para este año es el de ‘Frente a vuestros muros creamos puentes’. “Seguimos exigiendo justicia, mantenemos viva la llama de la memoria”, explica la entidad.
Cada año se mantiene viva la memoria de los fallecidos y se recuerda lo sucedido con la participación de varias oenegés llegadas de la Península pero también de Ceuta, además de ciudadanos que quieren participar de manera individual. De forma paralela el caso judicial abierto tras aquellos sucesos sigue judicializado.
El Juzgado de instrucción número 6 aplicó la doctrina Botín para archivar la causa que incriminaba a varios guardias civiles, pero ahora ese archivo se ha recurrido incluso por parte de la Fiscalía y de la Defensa de los agentes que quieren que la Audiencia Provincial, como máximo órgano judicial, se posicione al respecto más allá de ese fundamento.
El Ministerio Público reclama que se entre en el fondo para zanjar el asunto, como considera que corresponde, dejando claro que los funcionarios de la Benemérita no incurrieron en ningún comportamiento susceptible de reproche penal, ni por homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte ni por denegación de auxilio, los dos supuestos delitos por los que la jueza les procesó a finales de septiembre y después deslizó que seguía habiendo “indicios” de haberlos cometido.
La Fiscalía argumentó que “al haberse rechazado el recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Fiscal, se interesa la tramitación del de apelación presentado de forma subsidiaria por los mismo argumentos” al entender, “con todos los respetos”, que la resolución acordada “no es conforme a derecho”.
A su juicio “resulta necesario obtener una respuesta motivada en relación a los pedimentos, una respuesta motivada respecto del fondo contenido en el auto de transformación del 24 de septiembre”, en el que se atribuía a los procesados la posible comisión la noche del 6 de febrero de 2014 de sendos delitos de homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y de denegación de auxilio.
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