El magistrado Fernando Tesón como instructor del expediente de recusación a la magistrada Raquel Lucini considera que no ha existido otra alternativa que la inadmisión a trámite de este incidente que presentó el mediático abogado que lleva la defensa de Antonio López. La magistrada Lucini podrá instruir el caso ‘Emvicesa’ que está dejando un rosario de investigados y detenidos.
Tesón fundamenta su decisión en la presentación del recurso fuera de plazo y apunta además que el escrito “viene sin la firma del propio recusante” a pesar de la literalidad del párrafo segundo del artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 107.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, “por lo que no sería suficiente el poder especialísimo que se acompaña, omisión cuya subsanación podría haberse intentado conforme a lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sino porque la solicitud se ha presentado fuera de plazo establecido”, advierte el magistrado.
Sobre el apunte personal hecho mención en la recusación que forma parte de la vida privada de la magistrada, Tesón deja claro que su relación “de hecho asimilable al vínculo matrimonial” con un investigador era conocida. De igual forma Tesón advierte que el recusante pudo analizar el contenido de las actuaciones desde que se levantó el secreto de sumario, pudiendo haber comprobado la firma del auto del juzgado de instrucción número 2 que se puso en entredicho.
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