Los pacientes dejarán de pagar fármacos de dispensación hospitalaria en 2016

Una modificación que introduce la Ley de Presupuestos y deroga el copago solo aplicado en Ceuta y Melilla.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016, publicada a finales de octubre, incluye la derogación del copago farmacéutico hospitalario a partir del próximo 1 de enero. Esta modificación figura en el apartado segundo del artículo 102, que restringe la aportación del usuario a la prestación farmacéutica ambulatoria que se dispense por medio de receta médica oficial u orden de dispensación a través de oficinas de farmacia. Éste es uno de los cambios significativos que el documento introduce en la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos. Un ‘repago’ que afecta exclusivamente a Ceuta y Melilla puesto que fueron las dos únicas autonomías que, al carecer de las competencias en sanidad, obedecieron al Ministerio de Ana Mato en 2013. Ambas ciudades autónomas, gestionadas por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), aplicaron el denominado copago para medicamentos de dispensación hospitalaria para pacientes que no están ingresados. Una medida de ahorro que suscitó la rebelión del resto de las comunidades y cuya recaudación, finalmente, ha resultado ser reducida. El primer día de entrada en vigor de la medida –1 de octubre de 2013– cerró con 24 euros de ‘caja’ y, los balances sucesivos, tampoco arrojaron mejores resultados para las arcas estatales. En un respuesta al parlamentario socialista José Martínez Olmos, el Gobierno cuantificó en poco más de 8.600 euros el importe recaudado en Ceuta entre octubre de 2013 y septiembre de 2014. Una medida que pasó de afectar a 101 pacientes en el primer mes de puesta en marcha, a 136 un año más tarde. En enero, el actual ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, anunció que tenía prevista la eliminación de este ‘repago’. Una retirada para la que los pacientes han tenido que esperar un año. La medida afecta a 157 presentaciones farmacológicas de 43 medicamentos destinados a procesos crónicos o graves (cáncer, reproducción asistida, artritis o hepatitis, entre otros). Todos fármacos muy costosos que no se pueden comprar en una farmacia convencional. El copago obligaba a los enfermos crónicos a pagar un 10 por ciento del precio del fármaco hasta un tope máximo de 4,26 euros. Esto es, si el porcentaje a pagar superaba esa cifra, el paciente en ningún caso pagaría más de esos 4,26 euros por medicamento.

 

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