El Tribunal Militar con sede en Sevilla dicta sentencia condenatoria contra los dos cabos El Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla ha dictado sentencia condenatoria contra dos militares que fueron detenidos en marzo de 2008 después de haber utilizado la patrullera de la Armada P-114, con base en Ceuta, para el tráfico de hachís. Deberán cumplir 5 años de cárcel, al ser considerados responsables de un delito contra la salud pública y de otro contra los deberes del servicio a bordo o de ayudas a la navegación, por su condición castrense. Casi cinco años después de unos hechos que consiguieron sacarle los colores a la Armada, el Tribunal Militar condena a los llamados J.R.C.P. -natural de Algeciras y que estaba destinado como cabo en la patrullera con base en la ciudad autónoma- y al ya ex cabo M.F.M., natural de Sevilla y que cubría el mismo destino.
La sentencia a la que ha tenido acceso 'El Faro' detalla como hechos probados que en marzo de 2008 los dos condenados acordaron el pase de 224 kilos de hachís, aprovechando que la patrullera tenía que desplazarse a La Carraca, en San Fernando, para una revisión. Era el momento idóneo para llevar a cabo un negocio redondo, pero toparon con la investigación que estaba llevando a cabo el grupo de Estupefacientes de la UDYCO de Ceuta, que sospechaba del uso de buques militares para el trasvase de hachís. No andaban los agentes desencaminados y tras realizar seguimientos y controles, dieron con los movimientos que estaban llevando a cabo los ahora condenados para sacar una droga valorada en casi 319.0000 euros. Según la sentencia, los dos condenados aprovecharon la guardia que tenía uno de ellos en la patrullera para esconder la droga, introduciendo hasta siete bolsas de deporte y una mochila. Sabían lo que hacían porque usaron un trapo empapado con 'Amoniacol' para camuflar el olor de la droga y no levantar sospechas.
Todos sus pasos estaban siendo controlados por la UDYCO, que le fotografió cargando la droga, acercando antes un vehículo con la sustancia estupefaciente, haciendo además seguimiento exhaustivo de los contactos que llevaban a cabo con sus móviles, comprobando la salida de la patrullera y alertando a San Fernando para que les recibieran con los controles preceptivos. Así fue y en La Carraca hallaron la droga. En la patrullera viajaba uno de los detenidos, mientras que el otro se desplazó a Algeciras con su vehículo para esperar la llegada del cargamento.
Para que el Tribunal Militar haya dictado una sentencia condenatoria ha tenido en cuenta varios fundamentos de peso, desestimando así la petición absolutoria que había pretendido la Defensa. La declaración de los dos militares ha servido para cavar parte de su tumba carcelaria. Ambos incurrieron en varias inverosimilitudes y además, en el caso de uno de ellos, no supo explicar el porqué de sus visitas continuadas a la patrullera en días que se encontraba fuera de servicio y que eran preliminares al pase de hachís, que se llevó a cabo en la tarde del 24 de marzo de 2008.
Pero hay más fundamentos. Por ejemplo, la forma en que se ocultó la droga. Se encontró abierta la trampilla del tambucho en donde estaba el hachís, algo que no pudo explicarse ya que "no había motivo alguno para poner una nueva defensa al patrullero", explica el Tribunal. Para esconder allí la droga se requería de un conocimiento del uso que se hacía de los compartimentos. La única explicación razonable es que supieran de la existencia, en ese lugar, de la droga. Los varios teléfonos de tarjeta que se les aprehendieron con cantidad de mensajes enviados no sirve más que para escenificar un modo de proceder con el que la Policía se topa a menudo cuando se está participando en este tipo de operaciones. De tal modo, en la sesión de juicio oral uno de los policías de la UDYCO que participó en la llamada 'Operación Fragata' explicó que "en los casos de tráfico de estupefacientes es muy habitual que sus autores utilicen numerosos móviles de tarjeta y los de contrato estén a nombre de otras personas". El propio jefe de la UDYCO añadía que el uso de mensajes, en vez de las llamadas de voz, sirvieron con la idea de evitar "ser interceptados y sometidos a un reconocimiento pericial de voz".
En la sentencia se detalla además de la obligada complicidad con la que había que contar para esconder la droga para que nadie la encontrara. En la operación no se pudo detener a más personas aunque sospechas hubo muchas. El Tribunal Militar ha tenido en cuenta el empleo que tenían los acusados -cabos- y el móvil de su actuación: ganar dinero utilizando una patrullera de la Armada. Se hace constar por último cómo utilizaban sus tiempos de guardia para maquinar el trasvase de la droga.






