Los dos acusados fueron soprendidos en noviembre del año pasado en un control rutinario realizado en el Puerto de Ceuta
El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó ayer sentencia firme ‘in voce’ y condenatoria contra dos personas, cuyas iniciales son L.H. y J.A., por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y falsedad documental.
Ambos, que mostraron conformidad con la petición planteada por la Fiscalía, aceptaron la condena de dos años de prisión para los dos por cometer un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y por incurrir en falsedad documental.
No obstante, ambas condenas fueron modificadas durante el juicio, quedando la pena impuesta para los dos individuos suspendida por un período de dos años en los que, de cometer algún tipo de falta o delito, deberán cumplir la pena impuesta por los delitos contra los derechos al ciudadano extranjero y falsedad documental además de enfrentarse a una nueva pena por el delito o falta que hubiera cometido.
De tal modo, ambos quedaron en libertad de inmediato al valorar el Ministerio Fiscal, en base a lo que estima el Código Penal Español, el hecho de que no tenían ningún tipo de antecedente penal.
Los hechos por los que ambos se sentaron en el banquillo de la Audiencia Provincial se remontan a las 20 horas y quince minutos del 15 de noviembre del pasado año, cuando los dos individuos fueron sorprendidos en el Puerto de Ceuta por agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado justo antes de querer viajar rumbo a Algeciras con la pretensión de introducir a la Península a un tercer compañero, sin papeles, proporcionándole a cambio una documentación falsa, encubierta en un pasaporte marroquí con otro nombre que no se correspondía a la realidad, siendo plenamente conscientes de todo ello y por tanto de la ilegalidad que estaban cometiendo en ese preciso instante.
Evita prisión un detenido con 42 kilos de droga
En otro juicio celebrado en la mañana de ayer en la sala de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, el magistrado dictó sentencia firme condenatoria contra un hombre que se conformó con una pena de dos años de prisión por incurrir en un delito contra la salud pública tras ser detenido en el Muelle Pesquero de Ceuta durante un control rutinario realizado en noviembre de 2007 en el que se le incautó una cantidad de droga considerable, en concreto de 42 kilogramos, cuyo valor alcanzaba en el mercado negro la cantidad de 33.000 euros, cifra que, a su vez, deberá ser abonada por el hombre, cuyas iniciales son A.A.L.
No obstante, la condena de dos años de prisión se dictó con suspensión en el ejercicio de la pena por lo que el hombre queda en libertad. La razón se debe a que el magistrado encargado del caso consideró, en base a lo estimado en el Código Penal Español, aplicar un atenuante de dilaciones indebidas.






