Un total de 21 meses de prisión y una multa de 4.050 euros es la pena solicitada a K.A.M. y a A.K.A., acusados de un delito de falsedad en documento público por unos hechos que ocurrieron el 5 de febrero de 2014, al ser interceptados en una embarcación en el Puerto Deportivo, cuyo modelo y numeración del motor no coincidían con la documentación de la nave.
K.A.M. declaró trabajar como patrón de barco en una empresa de actividades marítimas que presta sus servicios en la localidad marroquí de Saidia. Su apoderado, J.C.G., le encargó trasladar la semirrígida hasta Cádiz para su reparación.
Ambos se dirigieron hasta allí, cuando una avería en un motor les obligó a entrar en puerto ceutí, donde dejaron el barco hasta poder recogerlo una vez solventado el problema
Mes y medio más tarde, K.A.M. y A.K.A., un mecánico al que solicitaron sus servicios, regresaron a Ceuta para reparar la avería, ya que aún no habían podido solucionarla.
En ese momento, la Guardia Civil les comunicó que la embarcación se encontraba en baja administrativa y que la documentación del barco no coincide con la numeración de los motores.
Uno de los guardias civiles llamados a testificar en la vista oral declaró que habían llegado a comprobar la numeración de los motores en la propia casa Yamaha, que confirmó la inexistencia de dicha serie y, por tanto, la falsedad de los documentos.
En sus conclusiones finales, la Fiscalía alegó que el hecho de desconocer si portaban la documentación en regla, no les exime de su responsabilidad en los hechos. Además, hizo hincapié en que no se habían aportado datos sobre el supuesto responsable de la embarcación.
Por su parte, el letrado de la Defensa se basó en que solo se había efectuado un cambio de motores, hecho que no se puede considerar como delito, debiendo aplicarse únicamente una sanción.
Recordó que el apoderado de la empresa está declarado en rebeldía y que A.K.A. nada tiene que ver con los hechos, al tratarse únicamente del mecánico contratado para reparar la avería.