El Catedrático de Derecho Romano Antonio Fernández de Buján intervino en las IV Jornadas Jurídicas con una ponencia sobre la Jurisdicción voluntaria y su reforma
Envolviendo cada palabra, cada idea, cada discurso con el misterio, la dulzura y el perfume del deje gallego, el Catedrático de Derecho Romano y miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación Española, Antonio Fernández de Buján, cerró ayer las Jornadas Jurídicas de Ceuta con una ponencia de ésas que permanecen en la memoria por su interés, calidad y exposición. Antes, atendió a El Faro.
–Profesor, he sabido que atracó en el Puerto de Ceuta el domingo. ¿Conocía ya la ciudad?
–Sí, es la tercera vez que vengo a Ceuta, vine una vez cuando estaba en Cádiz de catedrático, entre 1983 y 1988, luego vine a unas jornadas de la UNED. Siempre he percibido la belleza de esta ciudad.
–En la tercera ocasión participa usted en las IV Jornadas Jurídicas.
–Así es y estoy agradecido porque se trata de unas Jornadas muy serias, bien organizadas, con ponentes muy buenos. Los temas son actuales y el nivel es altísimo. Son Jornadas que podrían hacerse en los mejores centros de Barcelona o Madrid.
–¿No es cierto que la jurisdicción voluntaria es poco conocida en España?
–Tiene usted razón y eso que tiene mucha antigüedad, pues viene del Derecho Romano. Hay muchas instituciones, gran cantidad de procedimientos, más de doscientos en concreto, lo que le hace ser muy heterogénea. La jurisdicción voluntaria en España ha sido poco estudiada. Son muy diferentes los procedimientos que hay de jurisdicción voluntaria dentro de la legislación actual. Imagínese: un supuesto voluntario entre colindantes realizado ante el juez y en el otro extremo podríamos decir una autorización para esterilizar a un incapacitado psíquico, pues bien, las dos cosas son jurisdicción voluntaria. Es una parte de la jurisdicción en la que se han ido incorporando todo tipo de procedimientos. Procedimientos tan diferentes como la autenticación de un documento, la convocatoria de una junta general, el reconocimiento de la filiación extramatrimonial de un menor o un incapacitado, la declaración de ausencia, la liquidación de averías marítimas, la venta de buques... Es una institución que ha ido aumentando, aumentando y aumentando el número de procedimientos heterogéneos, de naturaleza muy diferentes.
–¿No considera que ha llegado el momento de racionalizar?
–Absolutamente. ¿Y qué significa racionalizar?, me pregunto yo. Pues que puedes lindar entre aquellos procedimientos que tienen auténticamente naturaleza jurisdiccional, que deben de quedar de manera única en el marco de la autoridad judicial, porque para autorizar una esterilización no lo puede hacer más que un juez y no un notario ni un registrador, y luego hay muchos procedimientos donde la actuación del juez se reduce a la mera presencia, a la autenticación, a la documentación, luego no tiene sentido que continúen en la órbita judicial esos procedimientos porque hay operadores jurídicos que en el marco de sus propias funciones son más procedentes.
–¿Por qué tantos procedimientos, profesor, se han mantenido en la órbita judicial?
–La cuestión viene del siglo XIX, en este siglo había mucha desconfianza hacia aquello que no fuera un juez, desconfianza frente a los notarios. Había la obsesión de ir a un juez. Muchos procedimientos, como testamentos orales, que los podía hacer un notario se continuaron manteniendo en la órbita judicial y ha llegado el momento de deslindar qué es jurisdiccional, qué es garantía de derecho, qué procedimientos tienen carácter administrativo, qué se pueden atribuir a los secretarios judiciales, que son muy competentes, o a expertos en derechos procesales, y cuáles se pueden atribuir a otros operadores y en ese momento estamos.
–No todo es tan justificado que sea juez...
–...Exacto, porque el juez debe de quedar para lo verdaderamente importante, para restricción de derechos fundamentales, para intereses públicos, para menores, para familia, etcétera, y bastante tiene con esto.
–¿En qué estado se encuentra la Justicia en España?
–Deslindaría dos cuestiones. Primero, juez y secretarios judiciales. Creo que hoy hay confianza por parte del ciudadano español hacia ellos. Estoy seguro de que el ciudadano confía en que el juez va a hacer justicia tal y como él concibe la justicia, que el secretario judicial es serio, etcétera, y esto es muy importante porque podemos decir que tenemos una Administración de Justicia formada por personas que en la inmensa mayoría no son corruptos, no son arbitrarios.. y así lo siente el ciudadano. Hay confianza en la Administración de Justicia. ¿Por qué cuesta tanto el arbitraje o introducir otras mediaciones? Porque se sigue confiando en lo que es Justicia. Luego, la otra cuestión es que la Justicia es lenta. No pueden estar los asuntos uno, dos, tres años sin resolverse y si una Justicia es lenta, la gente se desespera. Habría que descargar de trabajo a los jueces mediante arbitraje, mediaciones, conciliaciones, lo que se han llamado remedios alternativos al ejercicio de la potestad jurisdiccional. Hay que ir hacia estas alternativas porque no podemos multiplicar el número de jueces. Muchas veces por mediación se resuelve el conflicto. En definitiva, considero que tenemos una Justicia espléndida en las personas pero desde el punto de vista del funcionamiento es una Justicia lenta y en la medida de que es lenta es en parte ineficaz. Hay que hacer una justicia más rápida y moderna.






