Categorías: Tribunales y justicia

La Jurisdicción Voluntaria desde una perspectiva crítica, en el Campus

El catedrático de Derecho Civil, Carlos Lasarte, analiza las novedades de la ley y defiende la asistencia letrada al ciudadano.

En muchas de las acciones que los ciudadanos realizan a lo largo de su vida tienen una dimensión jurídica y judicial de la que muchas veces no somos conscientes y a pesar de la autonomía personal que tenemos para realizarlas no está de más, en algunos casos, contar con la asistencia de un abogado y un procurador. Básicamente porque muchos de esos actos jurídicos deben validarlos en última instancia un juez. Casarse, divorciarse, firmar una hipoteca y expedientes de incapacitación judicial, son algunos de los ejemplos que expuso ayer el catedrático de Derecho Civil, Carlos Lasarte, quien ofreció una conferencia en el Campus de nuestra ciudad. Bajo el título ‘Autonomía privada y jurisdicción voluntaria’ el catedrático ofreció una perspectiva crítica a la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria aprobada recientemente por el Gobierno.
Por una parte, la ley aboga por una autonomía mayor del ciudadano en sus acciones con el ánimo de simplificar y agilizar los procesos judiciales que puede emprender. Pero Lasarte se muestra escéptico en cuanto al ánimo de esta ley de desjudicialización, para descargar los juzgados, aludiendo a una falta de necesidad de intervención de un abogado y procurador, pero cuento es un juez el que debe validar esas acciones jurídicas.
Como ejemplo expuso la donación de órganos. Ésta se reguló en el año 79 y sigue vigente, pero a pesar de que la ciudadanía conocer qué es la donación de órganos, Lasarte se mostró convencido de que la ciudadanía desconoce los más de dos mil preceptos de esta ley. Entonces, si una persona quiere donar sus órganos “¿no tendrá que llamar a un abogado?”, se preguntó.

Autonomía privada
De igual forma expuso otros ejemplos en materia de protección de la intimidad, propia imagen y honor, la protección de datos, la protección de menores y de personas con capacidad privada judicialmente. “¿Quién decide en esta materia? El juez”, aseveró Lasarte. Por tanto, considera el catedrático que ese ánimo del legislador de desjudicializar “brilla por su ausencia porque en todo expediente la decisión la valida un juez”.
El catedrático de Derecho Civil de la UNED también expuso que la ley de Jurisdicción Voluntaria quiere otorgar al ciudadano una mayor autonomía en una multitud de actos jurídicos que no siempre se cumple si bien es legal. Como ejemplo puso los testamentos. Aunque el testador disponga en un documento su voluntad, si los herederos se ponen de acuerdo pueden ‘desvirtuar’ esa voluntad y sigue siendo legal. “Ese padre que reparte casas entre los hijos, y luego los herederos se ponen de acuerdo bien en venderlas o repartirlas de otra manera. Y no pasa nada por que es autonomía privada”, señaló.

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