La Delegación del Gobierno en Ceuta prevé completar “esta semana” la recopilación de informes de distintas fuentes como la Policía Nacional y la Abogacía del Estado que solicitó después de que la Dirección Provincial del Ministerio de Educación recibiese, el pasado 22 de enero, un oficio de la Fiscalía en el que daba cuenta de los dictámenes recabados sobre la residencia efectiva en la ciudad autónoma de los 23 menores a los que hasta ahora ha venido atendiendo a diario en la Estación de Ferrocarril y el Centro Cultural Al-Idrissi la oenegé DIGMUN.
En el mismo escrito, el Ministerio Público recordaba a la Administración competente que la legislación vigente estipula que, con independencia de si están en situación irregular o no, “los menores extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas, en las mismas condiciones que los menores españoles”.
Funcionarios de la Jefatura Superior de la Policía Nacional se han encargado durante los últimos días de visitar tanto las instalaciones que ahora utiliza DIGMUN para dar sus clases como los domicilios de sus familias para acreditar que efectivamente residen en la ciudad, condición inexcusable para proceder a la escolarización de los menores.
Tras recibir la denuncia formulada por el diputado de Caballas Juan Luis Aróstegui sobre la situación de esos menores y sobre la presunta vulneración de su derecho a la Educación la Fiscalía también instó a la Policía Local a hacer esa misma labor, encargo que nunca tuvo una respuesta.
Todas las partes involucradas en este caso coinciden en que la tramitación de la escolarización de estos niños no puede ni debe ni va a servir para abrir la puerta de colegios o institutos a niños del otro lado de la frontera que no vivan en la ciudad, ya que lo que la Ley prescribe atañe a los menores que viven en territorio nacional.
Dentro del grupo de 23 jóvenes incluidos en la denuncia del político localista existe un amplio abanico de situaciones individuales, desde apátridas sin documentación y pequeños que están en la ciudad con una familia en virtud de una ‘kafala’ no reconocida (desde 2013 no se pueden tramitar) hasta unidades con más de una década de residencia en la ciudad autónoma que nunca se ha concretado en la concesión de papeles por arraigo hasta vástagos de padre o madre extranjero con pareja ancional española.