En la actualidad, cuando finaliza el procedimiento, el promotor ya ha construido La Consejería de Fomento trabaja en colaboración con la Delegación del Gobierno para estudiar la viabilidad de la adopción de medidas cautelares previas a la incoación del procedimiento sancionador para la paralización de obras ilegales. Éstas consistirían en el precinto físico de la obra y la retirada de los materiales, que se devolverían si el promotor demuestra que cuenta con licencia y es legal.
Estas medidas cautelares ya existen en otras autonomías y se pueden llevar a cabo existan o no personas identificadas y siempre y cuando no sea considerada morada, es decir, que no esté techada.
La búsqueda de esta salida jurídica que ampare a la Administración local sería la única solución que podría adoptar para paralizar obras en sus comienzos, ya que aunque cuenta con la Ordenanza de Disciplina Urbanística, tiene un rango legal inferior, y tiene que estar de acuerdo a la normativa de la Ley del Suelo, que es por la que se rige.
Esta decisión la ha tomado este departamento de la Administración local debido a que a través de la aplicación de la norma nacional actual no se obtienen los resultados que se esperan de una normativa pensada para luchar contra las construcciones ilegales, es decir, que en muchos casos no se pueden paralizar.
Existen varios casos en los que las obras no se consiguen paralizar a tiempo. Uno de ellos es cuando la Policía Local detecta la obra ilegal y puede identificar a los promotores de la misma. En este caso, remite a la Consejería una denuncia formal en cuanto a la construcción y la identificación de los promotores de la obra. Entonces, se incoa un procedimiento de acuerdo con la Ordenanza de Disciplina Urbanística. Inmediatamente Fomento notifica a las personas que han sido denunciadas que se ha abierto un proceso, debe paralizarse la obra y tienen un plazo de diez días para presentar alegaciones. Lo que suele ocurrir en la práctica es que en el transcurso de ese procedimiento que marca la Ordenanza, los denunciados terminan la obra. Pero ni siquiera hace falta que la finalicen para ‘librarse’ de este proceso porque en el momento en el que techen la obra pasa de ser una construcción ilegal a una morada ilegal, con un procedimiento totalmente distinto, necesitándose incluso una orden judicial para acceder al interior.
Otro procedimiento es cuando la Policía Local notifica que se está produciendo una construcción ilegal. Envía el escrito de la denuncia a la Consejería pero no incluye la identidad de los promotores, porque en el momento de la identificación o no había nadie en la obra o han huido en el momento de la llegada. En este caso, la Consejería abre un procedimiento sancionador y pide a la Policía que identifique a los promotores para poder actuar contra ellos.
Las medidas cautelares que pretende diseñar la Administración local permitirán paralizar obras ilegales, una labor muy difícil en estos momentos ya que con el sistema actual hay que acogerse a un procedimiento complejo con una normativa administrativa y otra judicial.
Actuaciones realizadas
Román informó de que se está llevando a cabo un trabajo “bastante importante” de detección inminente, por parte de un grupo de trabajo formado por Policía Local, “que está funcionando muy bien”, con Parque Móvil, Obimace, Fomento, el grupo que se encarga de detectar todos los servicios afectados en la ciudad y la consejería que dirige Gregorio García Castañeda con su plan de choque en barriadas.
Una de las últimas actuaciones realizadas fue en una obra inminente situada en la parcela por encima de la rotonda del Hospital Universitario. La Ciudad detectó que habían desbancado el terreno, le habían echado hormigón y habían colocado doce pilares. Fueron derribados en tres días. En esta obra no se localizaron a los promotores, ni aparecieron posteriormente, pero la Ciudad pudo actuar debido a que era terreno suyo. El problema viene cuando es un terreno que no pertenece a la Administración local, como en zona verde o en terreno de un particular, caso este en el que siempre se necesitaría un auto judicial que autorice acceder al mismo.






