La Justicia ha reconocido el derecho a la asistencia sanitaria de la viuda de un militar de las Fuerzas Regulares de Infantería de Melilla número 2 que pertenecía a las fuerzas formadas por extranjeros, la inmensa mayoría marroquíes. Una situación que no es ajena en Ceuta, ya que aún existen varias mujeres con estas circunstancias.
Según el auto judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, esta instancia judicial estima el recurso interpuesto por Fatna Bathaoui, viuda del teniente Tahar Ben Hamed Ben Ali, y ha reconocido su derecho a recuperar la asistencia sanitaria a cargo del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
El fallo judicial ha anulado la denegación del Ministerio de Defensa a la petición presentada por Fatna Bathaoui en diciembre de 2020, en la que solicitaba mantener la cobertura sanitaria militar tras el cierre de la clínica militar de Melilla en el año 2018.
Desde entonces, la recurrente, de 83 años, carecía de asistencia médica y “se veía obligada a costear de forma privada sus tratamientos con recursos muy limitados”, según expuso en su demanda.
Fue titular de tarjeta sanitaria miliar
El tribunal ha subrayado que la demandante fue titular de tarjeta sanitaria militar y de tarjeta de farmacia “amparada por la Orden Ministerial 41/1982, que reconocía este derecho tanto a los militares indígenas de las Fuerzas Regulares con pensión como a sus viudas mientras no contrajeran nuevo matrimonio”.
La resolución ha recogido además que el esposo de la actora sirvió más de 25 años en las Fuerzas Armadas, pasando a la situación de retirado con pensión de capitán en 1946, al amparo del Estatuto de Clases Pasivas.
El matrimonio entre el teniente Ben Hamed y Fatna Bathaoui se celebró el día 6 de enero de 1956 mientras la defunción del militar se produjo el día 29 de septiembre de 1975, momento en el que la ya viuda mantuvo su condición de beneficiaria de asistencia sanitaria.
Reproche a Defensa
El fallo ha reprochado al Ministerio de Defensa que nunca comunicara la pérdida del derecho a la asistencia “pese a haber expedido en 2019 una tarjeta sanitaria válida hasta 2024”.
También alude a la aplicación de la legislación vigente, como el Real Decreto Legislativo 1/2000 de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y el Reglamento de 2007, que “contemplan la inclusión de viudos y huérfanos en el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas)”.







Cuando murió mi Padre, Regular indígena 30 años de servicio,laureada del Tabor,medalla de Hermenegildo,medalla de sufrimiento, Mi madre viuda no le quedó pensión ni sanidad, Iba a las 5 de la mañana a las Benifecirncia,puerta del ayuntamiento que abría a las 8 de la mañana,le daban un número para ir a la cruz roja al médico y a nosotros, y para La humillación que sufrimos los hijos de Regulares indígenas y viudas, Saqué mi selectividad y me fui al gobierno militar, tenía a la instancia para ir a la Academia Militar de Zaragoza,yo tenía 18 años , solicité una ayuda para que me pagarán el viaje y alojamiento en Zaragoza, y sabes lo que me dijo un teniente coronel ponía mutilados guerra , me sacó un Boe, y me dijo que hay un decreto firmado por el general Franco en 1961 que a los hijos y viudas de Regulares no tenían derecho a nada y menos a un hijo de Regular, yo con 18 años bajé llorando las escaleras del gobierno militar en ceutay no pude ir a hacer el examen en Zaragoza,estaba preparado físicamente y con selectividad alta tenía un 9 sobre 10, , no me fue mal en la vida,tengo 63 años,
Qué injusticia!!! 😡😡😡
Los mismos regulares que ayudaron a Franco en la guerra a matar españoles ... Ironías de la vida y Ley de Memoria Histórica.