La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha puesto punto y final, con una sentencia condenatoria, a un caso de estafa arrastrado desde junio de 2016, fecha en la que el llamado M.A.M. enajenó una vivienda tras atribuirse falsamente su propiedad.
El acusado, que declaró a través de videoconferencia, aceptó una pena de 1 año de prisión que se suspende durante un periodo de dos años, condicionándose esa suspensión al pago de una responsabilidad civil cifrada en 31.286 euros.
Ese montante equivale al perjuicio que se causó en la víctima de estos hechos y se deberá abonar en un plazo de dos años de manera fraccionada.
No fue necesaria la celebración de vista oral al existir un acuerdo entre las partes que, tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, evitó que se tuviera que escuchar a los testigos y víctima, amén de policías nacionales que fueron los encargados de la investigación.
Los detalles de este suceso
Esta condena se refiere a unos hechos ocurridos en junio de 2016. Fue entonces cuando el ahora condenado, atribuyéndose falsamente la propiedad de un bien inmueble ubicado en la calle Reyes Católicos que nunca había sido de su propiedad, firmó un contrato de compraventa con la víctima de esta estafa, a quien enajenó la vivienda a cambio de 50.000 euros.
La víctima hizo un primer pago de 12.000 euros; otro posterior de 4.750; otro de 12.036 euros; uno más de casi 1.000 euros; otro de 501 y uno de 1.000, este ultimo en 2018.
Nunca pudo disfrutar de una vivienda que no era propiedad del acusado, lo que le creó un perjuicio de 31.286 euros.
Años después se ha podido poner punto y final a este caso con el dictado de una sentencia condenatoria contra la que no cabe recurso.