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El veredicto, con 7 votos a favor de 9, refleja su vinculación con los hechos
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La Acusación Particular pide la pena máxima por asesinato y tenencia ilícita de armas
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El magistrado ponente es el que ahora debe reflejar el veredicto en años
No hubo unanimidad pero sí una mayoría más que evidente. Con 7 votos a favor y 2 en contra, el Tribunal del Jurado leía el veredicto pasada la una y media de la tarde, ante la atenta mirada de los dos acusados por el crimen de ‘Gufito’. Culpables, concluyeron tras unas siete horas de deliberación.
A Fathi Z.M. y a Ibad Ch.M., conocido como ‘Hubeda’, se les considera culpables de un delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, se les considera autores de la muerte preparada y a balazos de Mohamed Ennakra, ‘Gufito’, en la noche del 10 de agosto de 2014. El veredicto no causó efecto alguno en el rostro de Fathi. Siguió con el mismo rictus, sin mostrar sentimientos. ‘Hubeda’, en cambio, rompía a llorar mirando hacia el cielo y clamando por su inocencia. Los dos fueron inmediatamente trasladados a los calabozos de la Audiencia hasta su posterior traslado a la península, mientras que la sala era desalojada por orden del magistrado Luis De Diego Alegre. La familia de la víctima, allí presente, rompía a llorar, abrazándose entre todos tras conocer la condena dictada, que era la que habían estado esperando desde que conocieran la detención de los dos acusados.
Los componentes del Jurado abandonaban los primeros el lugar, después de haberse erigido en ‘jueces’ desde el pasado martes en cumplimiento del deber que tenían encomendado como jurados, teniendo como misión poner el veredicto en un caso que deja atrás dos sobreseimientos en instrucción y que se presentaba con una sola Acusación, la ejercida por la propia familia de ‘Gufito’.
El magistrado ponente será ahora el que tenga que dictar sentencia, el que establezca los años que tienen que penar los dos procesados por los dos delitos por los que han sido condenados, en una sentencia que no es firme por lo que cabe la interposición de recurso ante un órgano superior.
Los letrados Lucinia Llanos y Pablo Miquel, de la Acusación Particular, pidieron que esa pena sea la máxima, es decir, 20 años por asesinato y dos por tenencia ilícita de armas. Fiscalía, atendiendo al veredicto emitido por el Jurado y a pesar de que su tesis no había sido la misma, pidió al magistrado que aplicara la pena máxima entendiendo que había habido una emboscada previa al crimen y considerando que la autoría era conjunta.
La Defensa de Fathi, representada por Francisco Rivas, mostró su oposición a la aplicación de la pena máxima por los delitos, solicitando al magistrado que la misma no superara el mínimo legal en ambos casos. Una petición a la que también se sumó la letrada de ‘Hubeda’, Concepción Linares, al reclamar la pena mínima para ambos.
En esta fase, concluso el Jurado, entra en escena un juez profesional, el magistrado ponente, quien con las pruebas presentadas en las distintas sesiones, será el que concrete los años que deben penar.
Los integrantes del Jurado tuvieron que motivar su veredicto, respondiendo a los siete hechos alegados por la Acusación Particular y los cuatro de la Fiscalía y Defensas. Entre los hechos analizados en el objeto del veredicto figuraba la implicación de los dos condenados en el crimen, perpetrando una acción a corta distancia para que ‘Gufito’ no pudiera defenderse, después de montar una emboscada para hacerle salir de la vivienda.
El Jurado, con su veredicto, entendió que ambos acusados se pusieron de acuerdo a la hora de planear el crimen de ‘Gufito’ y colaboraron para conseguir el objetivo, habiéndole dado muerte de forma voluntaria, asegurando su ejecución y evitando su defensa.
De la condena al estallido de alegría
Son las imágenes clave. Arriba, el momento en el que los dos acusados escuchan del Jurado su veredicto: culpables. Fathi permaneció impasible; ‘Hubeda’ rompió a llorar. Debajo, la familia de ‘Gufito’ también lloró pero de alegría, porque habían perseguido desde hacía tres años que hubiera juicio y porque consideraron que los dos acusados eran los culpables. Y en medio, la Acusación Particular, la única que acusaba, satisfecha por el resultado.