La defensa del exprofesor del Colegio San Agustín de Ceuta, A.D.B., que hace dos semanas comenzó a ser juzgado en la Audiencia Provincial como presunto autor de ocho delitos de índole sexual con menores ha desenfundado este jueves en la reanudación de la vista oral su gran arma: el peritaje informático que cuestiona que el contenido del ordenador, la tableta y el móvil que se le intervinieron en noviembre de 2017 no pudieran haber sido manipulados desde entonces en base a presuntos fallos de la cadena de custodia de la Guardia Civil.
El autor de tal dictamen, que ha declarado por videoconferencia, es el mediático Javier Rubio Alamillo, ingeniero técnico y superior en Informática de Sistemas por la Universidad de Salamanca, que cobró gran trascendencia pública tras convertirse en “el primer profesional en demostrar que los mensajes de WhatsApp se pueden manipular sin dejar rastro”.
En las sesiones anteriores del juicio, que sigue lidiando con mil y un problemas logísticos en cada videoconferencia (este jueves tres: la de Rubio, la de un testigo que formó parte del triple círculo de desenfrenada “confianza” del acusado con niños: el colegio, su equipo de fútbol y Las Penas, así como la de los guardias civiles de la capital que ayudaron a copiar los aparatos informáticos del procesado), la defensa había tenido de viento a favor la docena de testimonios de jóvenes ahora con entre 18 y 33 años que dicen que todo lo que hacía el acusado con chavales era “normal”, que de sexo ya lo sabían todo y que ni les pedía ni les hacía fotos, sino que ellos se las mandaban a propósito tomadas por ellos mismos y no movidos por los regalos que les daba.
Este jueves el letrado defensor, Javier Cabillas, que intenta evitar una condena de más de 40 años de cárcel, los que va a seguir pidiendo la Fiscalía para su cliente, ha pasado a la ofensiva apoyado en el perito para cuestionar las herramientas y procedimientos utilizados por la Benemérita para analizar las evidencias (“más que un análisis forense, parece un copiado y pegado”) y mantener la cadena de custodia de tal forma que no pueda alegarse una posible “manipulación” de textos o imágenes, la sombra de sospecha que busca extender.
“La cadena de custodia no está asegurada porque no se sabe cuándo se produjo el desprecinto y existen posibilidades de alterar un terminal”, ha señalado el experto, que a preguntas de la Fiscalía ha reconocido que tampoco se ha indagado hasta el fondo en si se produjo o no una manipulación, sino simplemente para certificar que se podría haber realizado, como con el primer mensaje de texto remitido por la madre denunciante con las conversaciones subidas de tono, fotos desnudo incluidas, que su hijo mantenía con el profesor.
El perito ha centrado parte de su intervención en remarcar que sin haber generado con todas las garantías, como supuestamente no hizo la Benemérita, un hash, el código alfanumérico que certifica la autenticidad de un archivo, no hay forma de aseverar que ha permanecido inalterado y ha declarado que ni siquiera la estación forense Cellebrite UFED Touch que utiliza tanto él como la Guardia Civil es capaz de detectar sola manipulaciones sin el trabajo de un analista.
A la fiscal Sheila Vilches le ha reconocido, eso sí, que un “profano” no sería capaz de adulterar pruebas de ese tipo y que los archivos caché (de páginas pornográficas con menores) localizados en el ordenador del acusado apuntarían, en principio, a que en algún momento las visitó, algo que él ha negado, como que tomase las fotografías de alumnos sin ropa que dieron pie a su detención inmediata durante el registro de su casa.
El caso quedará visto para sentencia este jueves por la tarde con la presentación de sus informes finales por cada una de las partes, que ya han avanzado por dónde irán sus pasos. La defensa apostará por la absolución de A.D.B. y, en caso de condena, solicitará que se aplique un atenuante de dilación indebida por el tiempo que las diligencias permanecieron paradas, entre marzo y noviembre de 2020.
La Fiscalía va a mantener su petición de más de 40 años de cárcel por ocho delitos: por tenencia de pornografía infantil, 1; por corrupción de menores, 2; por abuso sexual a menor de 16 años, 6; por cuatro de inducción a la prostitución a menores de edad, 8; por otro tipo de inducción a la prostitución a menores de edad, 5; por elaboración de pornografía infantil, 9; otros tantos por el mismo en distinta variante; y 2 más por ‘sexting’, consistente en “el envío de mensajes o fotografías por el embaucado o engañado por su inexperiencia sexual como menor”.
Si el veredicto fuese condenatorio sus cifras serían sensiblemente inferiores, pues en ningún caso podrán superar el triple del delito por el que se estimara criminalmente responsable
La acusación particular le atribuirá cuatro delitos (ha retirado inducción a la prostitución y elaboración de pornografía infantil al entender que no los cometió sobre su cliente) por los que solicita una condena de 17 años y 9 meses de cárcel: por el de tenencia de pornografía infantil, nueve meses de prisión; por el de corrupción de menores, un año y medio; por el de abuso y agresión sexual a menores de 16 años, tres años; y dos por ‘sexting’. La familia denunciante ha renunciado expresamente a “cualquier indemnización económica” que pudiera corresponderle.
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