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La relación entre la empresa y los derechos fundamentales

El presidente de la Sala de los Social del Tribunal Supremo, Jesús Gullón Rodríguez, en su ponencia ‘El control de la actividad del trabajador por parte del empresario a través de medios técnicos’, que ayer inauguró el ciclo de conferencias

¿Puede el dueño de una empresa grabar a sus empleados si sospecha que le están robando? Ésta y otras situaciones parecidas son las que expuso, mediante ejemplos reales, el presidente de la Sala de los Social del Tribunal Supremo, Jesús Gullón Rodríguez, en su ponencia ‘El control de la actividad del trabajador por parte del empresario a través de medios técnicos’, que ayer inauguró el ciclo de conferencias.

El magistrado fue explicando, mediante casos prácticos, las diferentes situaciones en las que un juez ha tenido que resolver en favor o en contra de empresas que ha usado medios tecnológicos, en su mayoría, para controlar a sus empleados.

Muchos de estos casos han sentado jurisprudencia aunque tal y como relató el mismo Gullón, muchas de estas sentencias se han basado en la interpretación de las leyes del propio juez.

La mayoría de los casos derivaron en despidos que luego se denunciaban como improcedentes y se dejaba en la justicia la encomienda de decidir si había o no causas para ocupar estos métodos de ‘espionaje’ a sus empleados y si finalmente vulneraban el derecho a la intimidad de estos.

Ante cada supuesto, Gullón es certero al afirmar que se debe buscar “el equilibrio para cada caso”

Se refiere a los principios de justificación, idoneidad, necesidad y equilibrio, todos ellos ocupados por los jueces que dictaminaron las sentencias que expuso el ponente como ejemplo.

La interpretación de esos cuatro pilares, por parte de los magistrados, fue decisiva a la hora de determinar si el uso de estas medidas tecnológicas era procedente o no.

Los casos de ejemplo iban desde el empresario que puso cámaras en la línea de caja porque intuía que sus trabajadores sustraían dinero a empleadas de un casino que denunciaron una vulneración de sus derechos fundamentales al ser despedidas después de que su jefe grabara sus conversaciones.

En todos ellos el denominador común era el mismo, trabajadores denunciando a sus empleadores por haber vulnerado, presuntamente, su intimidad y jueces que tenían que poner todos los supuestos sobre la mesa para determinar si las medidas tomadas por el empresario eran procedentes o no y si el fin, realmente, justificaba los medios.

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