El pasado día 29 el teniente general de la Guardia Civil retirado, José Luis Ulla Rega, publicaba en el periódico El Español un artículo de opinión que da nombre a nuestra colaboración de este domingo. Nuestro teniente general dirigió, coordinó y presidió los grupos de trabajo sobre la regulación de jornada de trabajo e incentivos al rendimiento que pretendía eliminar un director general del Partido Socialista Obrero Español.
Hace dos semanas desde AEGC afeamos las declaraciones del director general de la Guardia Civil Félix Azón, intentando confundir a los ciudadanos sobre la jornada laboral de los guardias civiles y le mandábamos un claro mensaje: Un derecho no es algo que alguien te da; es algo que nadie te puede quitar; ahora un general de la Guardia Civil viene a recordarle lo mismo. Merece la pena leer su artículo de opinión:
“Al finalizar el mes de diciembre de 2014, los guardias civiles iban a recibir un regalo navideño, al aprobarse las nuevas regulaciones de su jornada de trabajo y de los incentivos al rendimiento asociados a ella. Eran unas condiciones hasta entonces desconocidas por los integrantes del colectivo.
Próxima la misma época navideña de 2019, el regalo pretende tornarse en carbón, al conocer los borradores de una nueva regulación que supone un retroceso e involución. Se han desatado las “iras y el malestar” y el anuncio de movilizaciones, con eco en los medios de comunicación. Así titulaba la noticia, por ejemplo, El Español, en su edición del 20 de noviembre: ‘Rebelión’ de guardias civiles contra el decreto que les “quita derechos”, exponiendo los ocho puntos conflictivos. El desasosiego era tal que el día 21, el director general del Cuerpo decidió retirarlos “por considerar que hay que llevar a cabo un trabajo mucho más profundo y analítico de su contenido”.
Dar pasos en falso sin calibrar las consecuencias de actos que afectan a materias tan sensibles no es nuevo en el proceder humano y tampoco se libra la Guardia Civil. El contenido del comunicado que anunciaba la retirada del proyecto da idea de ello. Este mismo error ya se había cometido al comenzar los trabajos de elaboración de los textos que cristalizaron en las regulaciones del 2014; pero, entonces, el procedimiento fue rápido e inmediato: comenzar de cero la nueva regulación.
Resulta conveniente analizar de dónde se venía cuando comenzaron aquellos trabajos, a dónde se llegó y por qué ahora se pretende retroceder al siglo XX cuando ya casi ha transcurrido una quinta parte del XXI. La Guardia Civil contó con su primera regulación de la jornada de trabajo en 1997, trece años después de que la ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de 1986 enunciara su necesidad. La aprobación y publicación de la ley Orgánica 11/2007, en la que se regulaban los derechos y deberes de los guardias civiles, entre ellos el régimen de horario y la implantación del derecho de asociación profesional, se convertían en necesidades que demandaban una nueva regulación.
Casi tres años después, en 2010, se aprobó la nueva norma que fue presentada en septiembre por el entonces director general único. Simultáneamente surgió la desaprobación de las asociaciones profesionales presentes en el nuevo Consejo, con el anuncio de movilizaciones en reclamación de “una jornada laboral digna”, seguidas con la presentación de denuncias ante la Comisión Europea. Desde ese escenario, en febrero de 2013, se constituyó el nuevo grupo de trabajo.
Se mantuvieron trece reuniones –con visita a Bruselas– hasta la cristalización del texto en diciembre de 2014, que consintieron la aprobación de unas normas que daban respuesta a las exigencias europeas, a la regulación que demandaba la ley de derechos y deberes y que garantizaba a los guardias civiles unas condiciones de trabajo dignas, teniendo en cuenta la realidad social y del momento en que la Guardia Civil desempeña sus funciones.
Eran dos las novedades llamativas, el establecimiento de los descansos singularizados para compensar el trabajo en horarios nocturnos y días festivos, y la introducción de la figura del trabajador nocturno a efectos retributivos y de protección de la salud. La primera de estas novedades se gestó en un específico comité de dirección presidido por el entonces director general en el que uno de sus integrantes afirmó: “No me gusta nada, pero entiendo que en los tiempos que corren tiene que ser así”. Se avanzaba.
Estas dos novedades quedaban eliminadas en los nuevos borradores de 2019; pero se modificaba también el descanso semanal, pretendiendo volver a una regulación anterior a la contenida en la norma de 2010; se eliminaba la referencia mensual de los regímenes de servicio; se dejaban sin efecto las compensaciones por las modificaciones de los descansos o de la planificación inicial; se modificaba la jornada de trabajo del régimen de mandos, etc. No son tampoco de menor importancia la introducción de muchos criterios discrecionales y de apreciación, que antes se habían evitado para garantizar la seguridad jurídica.
Otras dos modificaciones se introducían relacionadas con la productividad. Una referida a la percibida en situaciones de embarazo de la mujer y otra en situación de baja en acto de servicio, para la que se fijan límites temporales. Esta segunda modificación altera la situación anterior, la de 2014, cuando no se fijaban. Sin embargo, la afectante al embarazo, merece matizaciones. Cuando se discutió y redactó ese precepto, se planteó a las asociaciones la disyuntiva expresa de que aportasen referencias retributivas favorables de otros funcionarios. Sin aportaciones se contempló que fuesen retribuidas bajo la modalidad de productividad estructural con el 11%. Al elevar aquel porcentaje ahora al 35%, el beneficio es evidente.
Hasta aquí la utopía de 2014 y la distopía a la que conducían las anunciadas para 2019.
Constatamos las modificaciones más llamativas. Son preocupantes, pero más lo son las razones que se han publicitado para justificarlas. Alguna raya en el absurdo. Por ejemplo, se retira la compensación económica abonada por los cambios en los servicios o en los descansos al detectar fraudes. En lugar de corregirlos, se acude a la comodidad, suprimir el derecho y así, de acuerdo con el viejo refrán, muerto el perro se acabó la rabia.
La necesidad de atender adecuadamente los servicios a los ciudadanos es otra de las razones que pretende resolverse con más y peores servicios de los guardias civiles. Si se siguen las memorias de Responsabilidad Social Corporativa de la Institución –2016 y 2017–, se observa que el objetivo marcado de realizar un número de servicios preventivos de patrulla –superior a 4.000 diarios– se superó en los años citados en más del 91% y del 82%, respectivamente. En las mismas memorias se refleja que las cuestiones que más preocupan a los guardias civiles son las relativas a la jornada y los horarios. Son datos llamativos que no justifican aquella necesidad y expresan una preocupación latente de los guardias civiles.
Existen, sin embargo, otros campos de actuación que deberían afrontarse antes. Uno, por la vía de la recuperación de las ofertas de empleo público perdidas, cuyas anémicas cifras fueron constantemente denunciadas sin que se tomasen en consideración. En el período 2010 a 2015, seis años, la oferta de empleo alcanzó la cifra de 1.533 efectivos, inferior a la tasa de reposición de un solo año. Otro tiene que ver con los catálogos y revisión de edades de la situación de reserva, medida fracasada hacendísticamente en la elaboración de la Ley de Personal. Estas carencias eran ya conocidas parcialmente en 2014, pero no impidieron seguir adelante con lo que se pretendía: mejorar las condiciones de servicio. De no actuar decididamente en aquel momento, los guardias civiles siempre serían los postergados. Ahora, sin intentar otras soluciones, sí se quería volver a la involución, en conclusión, a la distopía.
Sirvan pues estas reflexiones para fomentar la reflexión oficial. Ese trabajo profundo y analítico que anunció el director general, que, aun siendo tardío –porque la desconfianza está instalada en el ánimo de los guardias civiles–, permita al menos que aquel intento de involución, tan poco meditado, no se materialice. Cuando hablamos de derechos, el verbo a conjugar será siempre avanzar y no retroceder. Retroceder sería una injusticia”.
Retroceder sería una injusticia, pero retroceder con un director general nombrado por un Gobierno socialista pondría en evidencia las políticas progresistas del Partido Socialista Obrero Español.
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