Un “islote” en la Policía Local, la teoría del riesgo en un agente sin control

La Ciudad se enfrenta a una condena por parte de la Audiencia como responsable civil del crimen de Parques de Ceuta al no haber controlado a este agente de la Policía Local que parecía ser un “islote” en el Cuerpo a pesar del riesgo que entrañaba

El policía local Alonso Miguel G.D., declarado culpable del asesinato de su mujer, la trabajadora de los juzgados de Ceuta, Mª Ángeles Lozano, parecía ser algo así como un “islote” dentro de la Policía Local.

Un funcionario en quien nadie reparaba si se ausentaba del trabajo más de una hora. Un agente al que se le había retirado el arma hasta en dos ocasiones, una de ellas por ansiedad, y a quien desde 2019 no se le había hecho ningún control para calibrar su estado a pesar de que durante 20 años estaba siguiendo tratamiento psiquiátrico en Algeciras.

El día del asesinato disparó con su arma reglamentaria, de uniforme y en horario en el que debía estar prestando servicio en el mercado de Hadú.

Como trasfondo del juicio del crimen de Parques de Ceuta asoma una teoría del riesgo que repercute directamente en la administración local. Se está ante un funcionario municipal, en este caso policía, al que se le entrega un arma, pero que en horas de servicio se ausenta sin encontrar traba alguna para marcharse a su casa. Y no diez minutos, sino horas.

La Ciudad ni siquiera reaccionó, supo de todo cuando las llamadas pidiendo auxilio al 112 y a la propia sala de la Policía Local comenzaron a recibirse ese 14 de marzo de 2022. Ahora se enfrenta a una condena, pero también se reabre el debate sobre las garantías que, debiendo cumplir, aparca.

De la inacción al riesgo

Alonso Miguel G.D. no solo se fue a su casa, sino que llevó el arma en su poder sin pasar antes por la Jefatura. La administración permitió que quedara en manos de un agente esa responsabilidad.

De la inacción se pasó al riesgo. Para las acusaciones es evidente que la Ciudad Autónoma debe ser condenada como responsable civil por no haber mostrado celo en el cuidado y atención a sus propios funcionarios.

La teoría del riesgo aplicada a este caso tiene un inicio y un final en esa cadena que terminó rota de la forma más trágica, con el asesinato de una persona.

Se permitió que el acusado, ya considerado culpable, se llevara su pistola a casa, cargada, dejando la posibilidad abierta de que hiciera uso de la misma, como así ocurrió.

Controles “patéticos”, lo mismo un boli que una pistola

La Acusación Particular, ejercida en este caso por el abogado, Javier Cabillas, evidenció en el juicio la existencia de unos controles “patéticos” por parte de la Ciudad Autónoma. Por eso mismo le exige responsabilidades.

Hasta el año 2019, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales hacía los mismos controles a todos los funcionarios, dando igual que manejaran un bolígrafo, unas tijeras de jardinero o una pistola, como el agente Alonso Miguel G.D.

El cuestionario de salud era rellenado por el propio trabajador, que podía de hecho mentir, como lo hizo el agente al marcar un “no” en la casilla en la que se le preguntaba si hacía deporte, cuando era pública su afición al ciclismo.

O como cuando dio la misma respuesta, un “no”, ante la cuestión de si sufría alguna enfermedad psíquica, cuando llevaba años tratándose en Algeciras, a pesar de no haber tenido ingresos en Ceuta.

La administración dejaba en manos respuestas a cuestiones tan sensibles como estas, sin prever que se pudiera mentir para, por ejemplo, evitar una rebaja del sueldo por una baja, o sin tener en cuenta que este tipo de personas puede no admitir su enfermedad y, por tanto, no reconocerla.

Petición de condena por el caso del policía local

Esa teoría del riesgo es la que fundamenta la petición de condena a la Ciudad y es la que se deberá tener en cuenta en la sentencia que, sobre este caso, dicte la magistrada Rosa de Castro.

La absoluta falta de control en cuanto al horario y desempeño del trabajo fue más que evidente el día del crimen, ese 14 de marzo de 2022 cuando el agente estaba en su vivienda y no en el mercado de Hadú prestando un servicio que había quedado desatendido.

En su caso particular con la gravedad de que le constaban dos retiradas de arma, una en 2001 y otra en 2007. A pesar de ello, no se le dispuso un control exhaustivo con esos precedentes.

Una de esas retiradas fue, además, por ansiedad. De la otra nunca nadie informó oficialmente dejando espacio abierto a la rumorología que anida en el cuartel.

Sin alertas

Las acusaciones, tanto Fiscalía como Acusación Particular, reclaman una condena a la Ciudad Autónoma que va más allá de una pura sanción, porque en realidad se quiere forzar a que existan controles adecuados para estos funcionarios, más si son policías, estudiando a fondo su aptitud para el porte de armas.

No puede ser lo mismo un control a un funcionario que está delante de un ordenador que a un agente, por ejemplo, destinado en unidades de riesgo y armado. Las acusaciones se amparan en cuantiosas sentencias condenatorias a la administración por haber provocado un mal uso del arma en sus agentes, ello a pesar del acuerdo del Tribunal Supremo de 2002 sobre este tipo de responsabilidad al que se aferra la administración local.

La Ciudad mantiene que no detectó nada anómalo, que los cuestionarios rellenados por los propios agentes no reflejaban incidencia alguna o alerta y que existió un informe de Riesgos Laborales en donde se indicaba que era apto, aunque instándole a una revisión en su médico de cabecera. Todo eso y que, cuando se le detuvo, estaba centrado y respondía de manera coherente.

Dos trastornos

La Fiscalía pide un pago de 575.000 euros; la Acusación Particular la eleva a 895.000. En el momento de los hechos el acusado era funcionario de la Ciudad, estaba en horas de servicio y no consta que la Ciudad hubiera hecho revisiones sobre la capacidad del acusado para portar armas.

La Ciudad mantiene, a través de su abogado, que no es responsable, pero de ser así, la cuantía debería ser de 100.000 euros como la fijada en el caso del crimen de Mohamed Alí.

En la resolución del Jurado se han considerado probados los hechos del escrito de la Acusación, sin atenuantes. Aunque haya esos 2 trastornos, el paranoide considerado existente, pero sin mayoría y el bipolar, por mayoría, ambos no influyen en la merma de la responsabilidad.

Entradas recientes

El Foso Ceuta "F" se corona campeón de la liga Femenino Infantil F7

El fútbol femenino en Ceuta celebra un nuevo hito en su crecimiento con la proclamación…

17/04/2026

Una mujer herida en el Príncipe por el rebote de una bala

Una mujer ha ingresado en el Hospital Universitario de Loma Colmenar tras ser herida por…

17/04/2026

Marruecos intercepta a más de 800 inmigrantes en el entorno de la valla con Ceuta

Marruecos ha llevado a cabo una operación en las zonas más próximas a Ceuta para…

17/04/2026

'La dualidad el alma', una muestra que invita a mirar hacia el interior

El Museo de Ceuta ha acogido este viernes a las 19:00 horas la muestra ‘La…

17/04/2026

La escalada gana altura: más de 40 participantes en una nueva edición del Open 'La Cima del Estrecho'

Mientras el deporte en la ciudad autónoma continúa captando la atención de medio país a…

17/04/2026

Cádiz, Algeciras y Ceuta acogen jornadas informativas sobre la regularización extraordinaria de inmigrantes

Tras la puesta en marcha del proceso de regularización extraordinario y ante la complejidad que…

17/04/2026