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El Instituto de Estudios Ceutíes convoca ayudas a la investigación

Con una publicación en el BOCCE de este martes, se detallan requisitos, cuantía, documentación a presentar, todo ello con un plazo de dos meses para presentar solicitudes

por E.F.
11/05/2021
instituto-estudios-ceuties-iec-fachada

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La Junta Rectora del Instituto de Estudios Ceutíes ha convocado ayudas a la investigación para el presente año 2021, cuyas bases y todos los detalles de la convocatoria han sido publicadas este martes en la edición ordinaria del BOCCE (Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta). [Aquí puede consultar el BOCCE, cuyo primer punto recoge estas ayudas]

Así, el Instituto de Estudios Ceutíes, en cumplimiento de sus fines, desarrolla un programa anual de ayudas a la investigación para proyectos cuya finalidad sea el estudio y la recopilación de nuevos datos sobre la realidad ceutí y de su contexto. La finalidad de estas ayudas es fomentar la actividad investigadora que trate aspectos poco estudiados o que sean de especial interés para el conocimiento de la realidad de Ceuta y su entorno.








Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas y físicas, a título individual o formando equipo, con plena capacidad de obrar, que cumplan los requisitos establecidos, que son los siguientes:

  • Haber cumplido la mayoría de edad.
  • Redactar un proyecto cumplimentando el formulario disponible en la página web del I.E.C.
  • Carecer de ánimo de lucro en la ejecución del proyecto o actividad.
  • Disponer de medios y capacidad suficiente para la ejecución del objeto de la ayuda.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, así como de los deberes fiscales con la Ciudad de Ceuta.
  • En su caso, haber justificado otras ayudas concedidas con anterioridad por la Ciudad de Ceuta.
  • No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

No podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases las personas físicas y jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

El importe total disponible para la presente convocatoria vinculada al ejercicio 2021 es de 40.000 euros. Se podrán otorgar tantas ayudas como permita esta partida económica, con una dotación máxima para cada una de ellas de 4.500 euros.

El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOCCE, es decir, el plazo comienza este miércoles 12 de mayo y terminará el próximo 12 de julio.

Las solicitudes, recoge el BOCCE, se presentarán preferentemente en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el correspondiente trámite habilitado a tal fin. En el caso de la presentación en las oficinas del Registro del Instituto de Estudios Ceutíes, se requerirá concertar una cita previa en el teléfono 95651007.

La experiencia investigadora se acreditará mediante la documentación que resulte oportuna. En cualquiera de los casos, todos los archivos se adjuntarán siempre en soporte digital.

Documentación a presentar

Según recoge el BOCCE, las solicitudes deberán acompañarse de la documentación indicada en el apartado 2 de la base reguladora tercera, la cual se especifica en las instrucciones del trámite. Estas, según se indican en la información de la convocatoria, son:

  • Copia del documento acreditativo de la personalidad del solicitante: D.N.I. o pasaporte. En el caso de los equipos de investigación, de cada uno de los integrantes.
  • Proyecto siguiendo las pautas marcadas en el modelo facilitado por el I.E.C.
  • Presupuesto de gastos que requiere la realización del proyecto, desglosados por conceptos y conforme a lo establecido en la base séptima.
  • Certificados de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, si no se ha hecho uso de la autorización prevista en el apartado 1 anterior.
  • Fotocopia de documento bancario que refleje los datos necesarios para la percepción de la cantidad correspondiente a la ayuda, como beneficiario de la misma.
  • Autorización para la publicación del documento resultante del trabajo, si así lo decidiera el I.E.C., cuantas veces y bajo los formatos que el I.E.C. estime conveniente. Para esta autorización se utilizará el formulario previsto al efecto.

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