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Un informe de la Secretaría General aclarará si la Corporación puede consultar los listados de vacunados

El presidente Vivas ha propuesto a la Mesa Rectora que los Grupos puedan revisar "todos los documentos" en poder de la Ciudad

Por E.F.
01/02/2021 - 15:18
vacuna-covid
Imagen de Archivo

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La Secretaría General de la Asamblea se ha comprometido este lunes a emitir en el plazo de 24 horas un informe sobre si los Grupos Parlamentarios pueden o no consultar los listados de vacunados hasta la fecha contra la COVID-19 en Ceuta ponderando los derechos en conflicto a la información de los electos y a la protección de datos personales y sanitarios.

El presidente de la Ciudad, Juan Vivas, ha elevado este lunes a la Mesa Rectora de la Cámara autonómica una propuesta para facilitar a los miembros de la Corporación interesados "la posibilidad de consultar cuantos documentos e informes obren en esta Administración y sean útiles para conocer, con el detalle que se precise, el destino y la aplicación de las vacunas contra el coronavirus que, hasta el momento, han sido recibidas".

La Secretaría General ha advertido que la ejecución de tal voluntad política "podría" ser contraria a la Ley de Protección de Datos, por lo que la propuesta ha quedado encima de la mesa "hasta que emita un informe por escrito aclarando la cuestión".

El plan original del Ejecutivo local pasaba por permitir a todos los Grupos Parlamentarios consultar en dependencias de la Consejería de Sanidad los listados de vacunados (la información facilitada por el INGESA sólo incluye números de afiliación a la Seguridad Social y no nombres) sin llevarse copias a partir de este martes en orden de mayor a menor representación.

El proceso de vacunación contra la enfermedad del coronavirus en Ceuta se ha visto envuelto en la polémica tras conocerse que diez personas de la Consejería de Sanidad, entre ellos su anterior titular, Javier Guerrero, y su directora general, Rebeca Benarroch, así como otros ocho técnicos en funciones no asistenciales, recibieron la primera dosis sin formar parte aparentemente de los colectivos señalados como prioritarios en la Estrategia Nacional del Ministerio.

En idéntica posición se encuentra, por ejemplo, el director territorial del INGESA, Jesús Lopera, sobre cuya inmunización se han negado a pronunciarse más allá de justificarla en condicional tanto el organismo dependiente del Ministerio de Sanidad como la Delegación del Gobierno, que ha eludido hacer ningún pronunciamiento al respecto pese a conocerse que el personal del Servicio de Partos, en "primera línea", ha sido excluido del proceso.

El MDyC ya ha puesto el asunto en manos de la Fiscalía por si pudiera suponer la comisión de presuntos delitos de prevaricación y malversación y el Ministerio Público tiene la intención de "solicitar información" para decidir si procede la apertura de diligencias formales de investigación al respecto.

Tags: CoronavirusSanidad

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Comments 11

  1. Adrián comentó:
    hace 5 años

    Vaya vaya que inteligentes soy pero no sabéis leer entre líneas estos de las corbatas están cagados y a que no saben porqué???

  2. Se la ha puesto to kiski comentó:
    hace 5 años

    A todo esto yo me pregunto, la delegada del gobierno está muy callada!!!!!!!!!!!!!!! No comenta, uyuyuyuyyy

  3. Transparencia comentó:
    hace 5 años

    Es totalmente ilegal la consulta de datos sanitarios de cualquier ciudadano sin su consentimiento, o con la orden de un juez que debe justificarlo claramente. Para eso no hace falta ninguna consulta legal. O voluntario o por orden de un juez. Pero existe una forma muy sencilla, y es que estos señores, igual que hacen una declaración de bienes, por ejemplo, pueden solicitar voluntariamente un certificado de vacunación, donde conste si se han vacunado o no. Existe precedentes, por ejemplo, toda persona que trabaja con menores, tiene que presentar un certificado de no haber cometido ningún delito de tipo sexual contra menores, que lo da la autoridad judicial, o en su defecto autorizar a la administración a consultarlo. O datos fiscales para determinados tramites, que o bien lo certifica el interesado o autoriza al órgano que sea a consultarlo. Algo muy sencillo. Y el que no lo presente, pues que cada partido decida que hace, en principio cese. Cualquier consulta a listados es constitutivo de un delito muy grave, que implicaría igualmente el cese inmediato del que ordene y realice esos actos. Darle mas dificultad es querer escurrir el bulto. ¿Dónde está la tan exaltada transparencia? Pues una oportunidad para que sean transparente. Directores del INGESA, presenten los certificados, responsables de sanidad, presenten certificados, politicos de la asamblea, presenten sus certificados. Más fácil, imposible. Hasta se puede crear una web publica para que cuelguen voluntariamente sus certificados y todos podamos acceder a ella.

  4. israel comentó:
    hace 5 años

    espero que el dia que haya un asesinato, el juez pueda solicitar los datos del crimen sin incumplir ninguna ley organica de proteccion de datos

    • Futuro DPD comentó:
      hace 5 años

      Si un tribunal solicita un dato para el ejercicio de su función judicial, se encuentra más que legitimado para hacerlo, incluso si se trata de un dato sensible, pero como cualquier otro tratamiento de datos, debe ser estrictamente necesario.
      Tanto la Ley Orgánica como el Reglamento europeo sirven para protegernos, más que para limitarnos.

  5. alcepan comentó:
    hace 5 años

    nada, como hay muchos defensores de la ley de proteccion de datos, que sea la autoridad judicial las que las solicite y se ve indicios de delito que vaya a saco...ojala los jetas que no han respetado el protocolo el karma les pase factura..hay mucha gente que le va la vida en las vacunas....

    • respeto a la ley comentó:
      hace 5 años

      Todos debemos defender la ley vigente. Cualquiera. Y si no gusta propiciar los cambios que se estimen oportunos, por los cauces legales pertinentes. Básico en una democracia.

  6. Futuro DPD comentó:
    hace 5 años

    Hay que partir de la base de los principios que plantea la ley de protección de datos. Por ejemplo, cualquier tratamiento de datos debe estar legitimado, es decir, debe tener un motivo recogido en la misma ley u otra ley que lo ampare, también deben ser los datos estrictamente necesarios para cumplir con el objetivo a perseguir, esto como punto de partida entre todo lo que plantea el reglamento 679/2016 del 27 de abril y que podría ser de aplicación. Como afecta un tratamiento de datos al interesado y si se puede o no realizar se estudia a través de Evaluaciones de Impacto y otros documentos elaborados por profesionales de la protección de datos, los cuales deberían de realizar ahora mismo en el gobierno.
    Bajo mi humilde opinión, tras haber estudiado detenidamente estas leyes, independientemente del partido que se pueda ver afectado, creo que la identificación de estas listas a través del número de la SS es una medida ineficaz e insuficientemente disociativa, pudiendo vincular nuevamente este número con el nombre del interesado. Además, el fin último del gobierno es defenderse ante los otros partidos, que cuestionan su gestión, pero no pueden legitimar con transparencia política el acceso a datos personales de salud, supone una invasión de la privacidad sobre datos considerados sensibles por el artículo 9.1 del RGPD y no cumple con la finalidad para la que fueron recogidos inicialmente.

  7. Paco comentó:
    hace 5 años

    Para que sirve la Ley de Protección de Datos? Los datos de los vacunados deben ser confidenciales.

    • Plo comentó:
      hace 5 años

      ....si claro, pero hay sospecha y si hay sospecha se ha de investigar.

  8. Alcepan comentó:
    hace 5 años

    Cuando interesa informes...cuando hacen lo k da la gana...nada de nada

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