Bonificaciones: El incremento al 60% del Impuesto de Sociedades, pendiente de la UE

Así se lo transmitió el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, al presidente de la Ciudad, Juan Vivas, en el encuentro que ambos mantuvieron

El Ministerio de Hacienda y Función Pública también tiene previsto incrementar la bonificación del Impuesto de Sociedades hasta un 60%, tal y como le anunció el propio Cristóbal Montoro al jefe del Ejecutivo, Juan Vivas, en el encuentro que mantuvieron hace dos semanas en Madrid, en la sede del propio departamento ministerial.

Sin embargo, mientras que el incremento de la bonificación del IRPF hasta el 60% depende directamente de la voluntad gubernamental y, por tanto, aparecerá en los próximos Presupuestos Generales del Estado, en el caso de la bonificación del Impuesto de Sociedades debe contarse no solamente con el interés del Gobierno de Mariano Rajoy, sino también con el visto bueno de los órganos de competencia de la Unión Europea. Por tanto, se necesitará un tiempo más para poder contar con esta subida igualmente.

Recordó que el Gobierno de Mariano Rajoy ya aprobó hace unos años lo que vino en denominarse el ‘ciclo mercantil completo’ referido al Impuesto de Sociedades, con la intención de que quedara perfectamente aclarado para los funcionarios de la Agencia Tributaria estas bonificaciones, porque, hasta el momento, solían poner muchos problemas a las empresas ceutíes que presentaban sus respectivas declaraciones.

Quedan aún unos meses para contar con el beneplácito de las estructuras europeas

Lo que se pretendía era evitar las dudas de interpretación que, en relación con la aplicación de la bonificación prevista en el Impuesto sobre Sociedades, suscita el concepto de ‘ciclo mercantil completo’, estableciendo, como alternativa, el cumplimiento de requisitos de radicación o residencia, según proceda, del inmovilizado y de la plantilla de personal.

Con este paso se confíaba en atraer a empresas dedicadas a operaciones triangulares de comercio internacional, ingeniería informática, comercio electrónico, juego on-line u otras de similares características para que se instalaran y crearan empleo en la ciudad.

Hace unos años se aprobó la aclaración del ciclo mercantil completo para este impuesto

Ese ciclo mercantil completo, según se reformó la legislación por parte del Consejo de Ministros establecía que las empresas que se podían beneficiar eran:a) Entidades españolas domiciliadas fiscalmente en dichos territorios. B) Entidades españolas domiciliadas fiscalmente fuera de dichos territorios y que operen en ellos mediante establecimiento o sucursal. C) Entidades extranjeras no residentes en España y que operen en dichos territorios mediante establecimiento permanente.

Mientras que, por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla aquellas que correspondan a actividades que determinen en dichos territorios el cierre de un ciclo mercantil con resultados económicos.

También tendrán dicha consideración, aquellas correspondientes a las entidades relacionadas anteriormente, que posean, como mínimo, un lugar fijo de negocios en dichos territorios, hasta un importe de 50.000 euros por persona empleada con contrato laboral y a jornada completa que ejerza sus funciones en Ceuta o Melilla, con un límite máximo total de 400.000 euros.

En el supuesto de que se obtengan rentas superiores al citado importe, la aplicación de la bonificación prevista en este artículo exigirá la acreditación del cierre en Ceuta o Melilla de un ciclo mercantil que determine resultados económicos.

Asimismo, se entenderán obtenidas en Ceuta o Melilla las rentas procedentes del comercio al por mayor cuando esta actividad se organice, dirija, contrate y facture a través de un lugar fijo de negocios situado en dichos territorios que cuente en los mismos con los medios materiales y personales necesarios para ello.

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