Reconocer mejoras en las condiciones laborales y sociales no debe ser motivo de sonrojo para los que llevamos años defendiendo los derechos de los guardias civiles.
Todo es mejorable y tenemos la obligación de intentar que esas mejoras vayan de la mano de la reivindicación de las Asociaciones y del diálogo con la administración. No reconocer que hemos conseguido derechos que nos parecían inalcanzables hace unos pocos años es un error y una falta de reconocimiento a los muchos guardias civiles que sufrieron para conquistar estos logros. No reconocer lo que ahora disfrutamos es manchar la memoria de los muchos guardias civiles y familias que padecieron jornadas interminables, ausencia total de derechos y la precariedad a la que muchos fueron sometidos.
Si damos un pequeño repaso a los últimos treinta años de la Guardia Civil encontraremos el título que da nombre a este artículo. Un repaso a la memoria histórica para que los más jóvenes conozcan que para llegar donde estamos hay un largo camino de sacrificios de los guardias y sus familias, de compromiso de muchos, de silencio de otros, de persecuciones e injusticias.
Las reivindicaciones históricas del movimiento asociativo de los ochenta y noventa nos trasladan al lugar donde partíamos y lo que se consideraba por aquel entonces unas reivindicaciones casi imposibles de conseguir.
1. Jornada Laboral de cuarenta y ocho horas semanales, distribuidas en turnos de ocho horas y jornada continua, conocimiento del servicio mensual. Unos tiempos donde los guardias no disponían de días de descanso y con una la jornada laboral de 400 horas mensuales aproximadamente.
En la actualidad los guardias civiles tenemos una jornada laboral de 37’5 horas, como el resto de los funcionarios del Estado. Cierto que nuestras peculiaridades -horas nocturnas, festivas y turnicidad-, deben abonarse con unos criterios más objetivos y justos, porque en la actualidad no se corresponden con el esfuerzo y dedicación de los compañeros que prestan este tipo de servicios, pero se está trabajando para que estos esfuerzos sean abonados con criterios más justos y coherentes. Una norma que cambiara en unos meses y en la que debe contemplarse los índices correctores para hacer justicia y compensar a los compañeros que hacen turnos; obviar estas peculiaridad será un grave error del director general de la Guardia Civil.
Tampoco en una cuestión baladí el conocimiento mensual del servicio, no hace mucho se conocía el servicio de un día para otro.
2. Supresión de las sanciones que lleven acarreada privación de libertad.
En la actualidad los guardias civiles no pueden ser privados de libertad por sanciones administrativas. Esta legítima aspiración era acabar con la vulneración de los derechos constitucionales de los guardias civiles, porque en un país democrático perder la libertad por sanciones en el ámbito administrativo es una clara inmoralidad que sufrían los guardias civiles y sus familias por la falta de valentía y voluntad de los políticos de la época que preferían hacer oídos sordos ante esta justa reivindicación.
No podemos olvidar que la eliminación de estas privaciones de libertad fue una conquista de los guardias civiles y no una clara voluntad política, porque la eliminación de sanciones privativas de libertad fue posible gracias a una sentencia judicial que declaraba este tipo de sanciones estaba fuera del marco constitucional.
Esta sentencia instaba a la elaboración de un nuevo régimen disciplinario más garantistas, donde quedaran eliminadas este tipo de sanciones. Este nuevo régimen disciplinario provocó también la disminución de miles de sanciones disciplinarias y la posibilidad de obtener la tutela judicial efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de nuestros derechos e intereses legítimos, que consagra el art. 24.1 CE.
3.Libertad de circulación fuera de los horarios de servicio.
Hasta entonces los guardias civiles no podían salir sin autorización fuera del ámbito territorial donde estaban destinados y necesitaban autorización del mando para abandonar el pueblo o ciudad donde prestaban servicio. Esta imposibilidad de circulación provocaba miles de sanciones cuando los guardias salían de la localidad donde estaban destinados. En la actualidad y gracias a sentencias judiciales los guardias pueden desplazarse en su tiempo libre donde consideren necesario.
4.Asociacionismo profesional.
Las asociaciones profesionales son una realidad incuestionable en la Guardia Civil y garantiza la posibilidad de defendernos y organizarnos para la mejor defensa de nuestros intereses profesionales. Esta posibilidad facilita a los funcionarios disponer de servicios jurídicos e instrumentos capaces de ejercitar una defensa con garantías en los procedimientos en los que se encuentren inmersos, como la posibilidad de denunciar cualquier irregularidad ante los jueces y tribunales. Hasta entonces denunciar a un mando era motivo de sanción disciplinaria y en la actualidad un guardia civil puede proponer para sanción en el ámbito administrativo o judicial a cualquier miembro del Cuerpo.
5. Consejo de la Guardia Civil.
El consejo de la Guardia Civil nace para atender las necesidades de los guardias civiles para que las asociaciones representativas presenten las propuestas que consideren necesarias a la Dirección General del Cuerpo. Un órgano de representación democrática, pues los representantes son elegidos por todos los guardias civiles.
Cierto que el Consejo de la Guardia Civil creo grandes expectativas entre los guardias civiles y que no está dando los resultados que se esperaba, pero esperar grandes cambios en un espacio de tiempo tan breve, es una utopía en una Institución, como todas, poco dada a hacer cambios sustanciales.
Para terminar si tuviera que destacar fechas importantes en el avance de nuestros derechos destacaría varias que denotan que estos avances no están tan lejos en el tiempo como muchas veces puede parecer:
El día 20 de enero 2007, donde miles de guardias civiles se concentran de uniforme en la Plaza Mayor de Madrid con el lema “Derechos ya”. Esta manifestación provocó la sanción a 20 guardias civiles y al presidente de AUME, Jorge Bravo. Un día histórico que no se borrara de mi memoria, porque miles de guardias civiles sabían que era necesario un cambio y los guardias civiles con nuestra movilización provocamos el cambio. Nos ganamos nuestros derechos.
El día 28 de junio 2007, con 183 votos a favor frente a 131(del PP) el Congreso de Diputados aprueba la Ley de Derechos y Deberes de los Guardias Civiles y el cambio de un régimen disciplinario más moderno y adecuado a las funciones policiales de la Guardia Civil.
El día 13 de noviembre 2007, entró en vigor la Ley Orgánica 11/207 reguladora de los derechos y deberes de los guardias civiles y el 24 de enero de 2008 la Ley Orgánica 12/2007 del nuevo régimen disciplinario de la Guardia Civil y con ella se acaban las privaciones de libertad a guardias civiles, aunque había instrucciones de no aplicar sanciones de privación de libertad.
El 21 de enero de 2008, se celebró la primera asamblea de una asociación de guardias civiles en un Acuartelamiento y, como no, fue en Ceuta, que ha sido y será referente del movimiento asociativo en este país. AUGC, celebró esta primera asamblea en la que estuvo presente Alberto Guitard, por aquel entonces, teniente coronel de esta Comandancia.
En definitiva, hemos avanzado, pero estamos muy lejos de donde nos gustaría estar, pero todos los valores o principios heredados de los años de historia de la Guardia Civil no hay que desecharlos y, por lo tanto, es una idea errónea que muchos están utilizando, porque hay principios que garantizan el prestigio de la Institución y saber compaginar y acoplar lo bueno heredado y lo bueno por aportar es aumentar el prestigio de la Guardia Civil y un orgullo para los que vestimos un uniforme que debe ser garantía de honradez, de prestigio y de seguridad para los ciudadanos.
*Juan Amado (vocal del consejo)