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El Gobierno revisa los tipos de interés de los préstamos de viviendas protegidas

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos, concedidos en el marco del programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008, es decir, las viviendas de protección oficial. Una medida que afectará también a muchos vecinos de Ceuta. En concreto, para los préstamos otorgados en el marco del programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999 el tipo de interés se ha fijado el 2,5 %, para los del Plan de Vivienda 2002-2005 el tipo pasa a ser del 2,96% y para aquellos enmarcados dentro del Plan de Vivienda 2005-2008 es del 2,86%. Con esta revisión, que se realiza de acuerdo con los índices de referencia publicados por el Banco de España, los nuevos tipos están por debajo del aplicable a un préstamo hipotecario del mercado libre, a interés variable, que se vaya a revisar, según ha indicado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La actualización se produce en un contexto marcado por las sucesivas subidas de los tipos de interés que está aplicando el Banco Central Europeo (BCE) para hacer frente a la escalada inflacionista, coincidiendo con la guerra de Ucrania, y que está provocando un encarecimiento de la financiación. Según explica el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de un comunicado, estos nuevos tipos están por debajo del tipo aplicable a un préstamo hipotecario del mercado libre, a interés variable, que se vaya a revisar. En la normativa reguladora de cada Plan Estatal de Vivienda se establecen los criterios y la metodología a seguir para fijar los tipos de interés efectivos anuales que se aplican a los préstamos convenidos acogidos a cada Plan. Asimismo, los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos también se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda y debe realizarse mediante Acuerdo del Consejos de Ministros, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Con carácter general, la revisión se realiza en función de la evolución de los tipos de referencia del mercado que son publicados por el Banco de España, tomando como referencia la variación de los últimos meses.

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