Frontera e Inmigración

El Gobierno defiende la actuación del director del CETI tras la denuncia de una enfermera

Expone que informó al momento a la Dirección y ofreció apoyo a la afectada, además niega que se vaya a ‘premiar’ al inmigrante condenado con un traslado a la Península o que el director del centro le pagara un hostal

Querían saber cómo se había actuado con el inmigrante condenado en Ceuta por coacciones a una enfermera en el CETI este pasado verano y el Gobierno de España ha respondido.

Lo ha hecho a eso, pero también a todo lo relacionado con la forma de proceder que tuvo el director del centro, Antonio Bautista.

Así se recoge en una respuesta oficial a preguntas formuladas por los parlamentarios del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, entre quienes se encuentra el diputado por Ceuta, Javier Celaya.

Cómo se supo de la agresión a una enfermera y cómo se reaccionó

Se indica que por parte de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, responsable del Programa de Atención Humanitaria, se tuvo conocimiento de los hechos de forma inmediata a través del director del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta, Antonio Bautista.

“Desde el primer momento se habló con la enfermera y se le informó de que, si así era su deseo, denunciara al agresor, ofreciéndole acompañamiento a comisaría”, se expone en la respuesta dada por el Congreso a los diputados.

Es esta la primera versión que se da de manera oficial tras lo sucedido. Y la única de un organismo que ha justificado la actuación del director, cuya permanencia fue incluso rechazada en público por el PSOE, cuyo secretario general, Miguel Ángel Pérez Triano, dijo no quererlo más en ese puesto.

Reacción judicial

“En la mañana del domingo 27 de julio, horas después de suceder la agresión, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta celebró con acuerdo el Juicio Rápido, condenando al residente por un delito de coacciones y otro delito leve de lesiones, con la prohibición de aproximarse al domicilio, lugar de trabajo (se encuentre o no en el mismo) y a cualquier otro lugar donde se encuentre la víctima, en un radio no inferior a 100 metros”, se indica en dicha respuesta, confirmando la resolución que fue adelantada por este periódico.

Tras esa sentencia judicial, en cumplimiento de las medidas judiciales y motivado por el incumplimiento grave de la normativa del centro, “se inicia un expediente sancionador desde la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional” contra este inmigrante, expone.

Salida del centro y ¿quién paga la pensión?

En el mismo, se le comunicó al subsahariano la salida del centro y que, a partir de ese momento, la cobertura de las necesidades básicas (alojamiento y manutención) se haría en un alojamiento externo, financiado por la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional ante la situación de vulnerabilidad sanitaria que presentaba en ese momento (politraumatismo, falta de movilidad y necesidad de muletas para desplazarse, como consecuencia de haberse caído del vallado fronterizo al intentar franquearlo).

Sobre este asunto es la primera vez que se habla, toda vez que hasta la fecha se había acusado en algunas publicaciones al director del centro de haber pagado de su propio bolsillo una habitación en un hostal para el joven. No era verdad.

“Con el procedimiento sancionador, y a la espera de resolución, esta persona está siendo atendida hoy en día por una ONG en la misma ciudad de Ceuta, limitándose la atención de la Dirección General mencionada a tan solo los desplazamientos motivados por temas sanitarios”, puntualiza el Gobierno de España.

Medidas posteriores y sin traslado a la Península como ‘premio’

En relación con lo anterior, se señala que la “resolución judicial acredita la posible comisión de una infracción muy grave por vulneración de los derechos de otras personas residentes o del personal encargado del centro, llevando a cabo actuaciones que supongan un daño o perjuicio para su derecho a la integridad física, psíquica, intimidad o seguridad de estos”.

“Esto puede conllevar la sanción de baja obligatoria del Programa de Atención Humanitaria, tras la resolución del expediente disciplinario”, añade.

Por último, se informa de que no se ha planteado su traslado a la Península, a pesar de que también se indicó que ese sería el ‘premio’.

Las funciones del Ministerio

El Gobierno de España aclara que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desarrolla la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y, entre otras competencias, es responsable de la planificación, desarrollo y gestión del Programa de Atención Humanitaria a personas migrantes, así como de la gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional, que da cobertura a las necesidades básicas de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional que carecen de recursos económicos.

El Programa de Atención Humanitaria está dirigido a atender las necesidades básicas de las personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad por el deterioro físico y la carencia de apoyos sociales, familiares y medios económicos, que llegan a las costas españolas o acceden a nuestro país vía terrestre por las ciudades de Ceuta y Melilla.

A ese programa estaba precisamente acogido este residente.

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