Se subvencionarían los productos originarios o transformados en Ceuta
La ansiada subvención al transporte de mercancías está pendiente del visto bueno de Melilla, por un lado y del Ministerio de Fomento por otro. Desde nuestra ciudad se ha preparado un borrador de Real Decreto que establece los productos cuyo transporte es compensable.
En primer lugar los productos originarios o transformados en Ceuta. Se compensa no solamente el transporte marítimo y aéreo con destino al resto de España sino también el transporte hacia otros territorios de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre espacio económico europeo.
También son subvencionables las materias primas y productos intermedios, necesarios para la producción de los productos siempre que no se fabriquen en Ceuta. Se subvenciona el transporte marítimo y aéreo desde el resto de España y la Unión Europea a Ceuta de productos originarios de la Unión Europea que se consideren “inputs” para la producción y/o transformación.
Y en tercer lugar la mercancía en stock proveniente de importaciones destinadas a consumo realizadas por pymes comerciales de Ceuta, sujetas al régimen de venta a menor.
La subvención costará del flete, costes de manipulación de la mercancía en los puertos o aeropuertos de origen y destino, tasas portuarias/aeroportuarias aplicadas a las mercancías transportadas, tanto en puertos/aeropuertos de origen como en los de destino, tasas de seguridad si las hubiera y recargo por incremento del coste del combustible, cuando se aplique.
Entero. No sólo el barco. En caso de un producto originario de Ceuta se subvencionaría hasta el lugar de llegada
A efectos de delimitar la cantidad máxima subvencionable, se elaborarán anualmente costes tipo para el tráfico para el trayecto Ceuta-Algeciras, referidos a la suma de las medias de los conceptos a los que se refiere el apartado anterior.
En el preámbulo se indica que el presente Real Decreto viene a completar el mandato presupuestario establecido en el apartado 5 de la disposición Adicional centésima vigésima novena de la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado de 2017, por lo que se refiere al sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la Península, así como el efectuado entre dichas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre espacio económico europeo.
Para delimitar la cantidad máxima cada año se elaborará coste tipo para el tráfico
El Tratado de la Unión Europea de Ámsterdam de 1997, declaración 30, reconoce que las regiones insulares sufren las desventajas estructurales vinculadas a su carácter insular, cuya permanencia perjudica a su desarrollo económico y social.
Se indica que es una región extrapeninsular, a la que no es aplicable la condición de insularidad, “estricto sensu”, pero a la que la propia Comisión Europea en determinadas ocasiones ha reconocido sus dificultades análogas a las de las regiones insulares. Así, el artículo 2, d) del Reglamento 3577/92 del Consejo de 7 de diciembre de 1.992 manifiesta que Ceuta y Melilla “serán tratadas de la misma manera que los puertos de las islas”.
El artículo 138.1 de la Constitución española establece que el estado “garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español”.
La extrapeninsularidad de Ceuta, su escaso territorio y la escasez de recursos propios son hechos objetivos que equiparan sus desequilibrios a los de las regiones insulares, y que provocan un desequilibrio que ha de ser contrarrestado mediante la acción el Estado.
También el estatuto de autonomía de Ceuta (ley Orgánica 1/1995 de 14 de marzo, en su artículo 36 prevé la existencia de “asignaciones complementarias que se establezcan en los Presupuestos generales del estado en garantía del nivel mínimo de los servicios fundamentales de su competencia”. El apartado 9 del mencionado artículo establece que dentro de los cauces de la financiación autonómica establece la cesión de tributos del Estado.

La negociación, Vivas cerró el acuerdo con Montoro
Todo comenzó con la petición por parte de Nuevas Canarias, con la intención de apoyar los Presupuestos Generales del Estado del pasado año, el incremento de la subvención hasta el 75% de los vuelos y viajes en barco entre las islas. Fue aceptada la petición y salieron beneficiados en este caso, tanto canarios como mallorquines.
En el caso de Ceuta y Melilla no era posible una alternativa de estas características y entonces, a última hora, en una negociación a distancia entre el presidente de la Ciudad Autónoma, Juan Vivas y el ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, se decidió q ue las dos ciudades incluirían una de sus reivindicaciones históricas como la subvención hasta el 50% del transporte de mercancías, al igual que ya lo tenían tanto canarios como mallorquines.
Pues bien, después de la aprobación de los PGE, en el mes de septiembre se produjo una reunión en la Secetaría General de Transporte, con la participación de la Delegación, Ciudad y parlamentarios. Allí se exhortó a la Ciudad de Ceuta a que redactara un proyecto de Real Decreto que luego fuera consensuado con Melilla y que por último se mandara al Ministerio de Fomento para darle el visto bueno definitivo. Ceuta ya ha cumplido con su parte de este cometido.






