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Fiscalía recurre la absolución de los trabajadores de Emvicesa

Ha anunciado a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta la interposición de recurso de casación solo respecto de estas personas

La Fiscalía de Ceuta ha anunciado a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta que interpone recurso de casación contra la sentencia del caso Emvicesa que dictó el máximo órgano judicial en nuestra ciudad. Un recurso que afecta únicamente a los trabajadores de la sociedad municipal que resultaron absueltos.

Tal y como se recoge en el escrito a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, el Ministerio Fiscal indica que en fecha de 12 de diciembre le fue notificada la sentencia, preparándose recurso de casación por infracción de ley al amparo de lo establecido en el artículo 849.1º, en relación con el artículo 847 de la citada ley, solo en lo relativo a los cinco trabajadores que, estando acusados en este procedimiento, resultaron absueltos.

Respecto de los demás sentenciados, Fiscalía no va a recurrir la resolución conocida a finales del pasado año.

Con dicha comunicación, el Ministerio Fiscal lo que hace es anunciar a la Sala la interposición de ese recurso y ahora es el tribunal de la Sección VI el que debe admitir dicho anuncio para dar paso a la interposición formal de dicho recurso ya ante el Supremo.

Una vez que el máximo órgano judicial notifique que lo tiene por preparado, Fiscalía dispone de 30 días para presentar las alegaciones ante el TS.

La Defensa de Antonio López

De momento esta es la única resolución que se conoce, queda por saber el paso que anunció que daría el abogado de Antonio López, condenado a 5 años y 3 meses de inhabilitación por delito intentado de prevaricación, además de 5 años de cárcel por delito consumado y continuado de cohecho.

No se tiene constancia del trámite presentado ante la Audiencia por esta parte.

Durante todo el procedimiento judicial defendió la inocencia de su patrocinado, señalado en la cúspide de la pirámide delincuencial que se había orquestado en torno a la adjudicación de viviendas de promoción pública, lo que hizo estallar el llamado caso Emvicesa.

¿Cuál fue la sentencia?

En el listado de absoluciones quedaron las de los expolíticos. En el caso de Susana Román quedó absuelta del delito de prevaricación, del delito continuado de falsedad documental dolosa y del delito continuado de falsedad documental imprudente.

Rabea Mohamed, absuelta del delito de prevaricación y del de falsedad documental imprudente, al igual que Mohamed Alí. Los tres expolíticos veían, años después, resuelta su situación procesal quedando libre de cualquier condena.

Los trabajadores de Emvicesa también quedaron absueltos de los delitos continuados de prevaricación de los que habían sido acusados, así como, subsidiariamente, del de falsedad documental dolosa e imprudente.

Ellos también se sentaron en el banquillo acusados de haber coparticipado en un plan para la adjudicación de las viviendas que presentaba en la cúspide a Antonio López, quien llevaba las riendas de la sociedad municipal que dio nombre a este caso. Emvicesa quedará marcada por siempre por la operación policial que puso sobre la mesa presuntas irregularidades en la adjudicación de las casas.

Fiscalía recurre su absolución concreta, la de ninguno más de los acusados en este procedimiento.

Intermediarios, condenados

En el plantel de acusados estaban también los intermediarios o captadores, entre ellos un policía portuario que en la sesión de juicio oral ‘tiró de la manta’ dejando interrogatorios muy llamativos.

Se les condenó por ser cooperadores necesarios de un delito consumado y continuado de cohecho, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas y la analógica de colaboración con la justicia. La pena fue de 9 meses de prisión e inhabilitación para empleo en puestos del Ayuntamiento relacionados con gestión de VPO durante 1 año y 9 meses además de multa de 3 meses a razón de 10 euros diarios.

Una veintena de personas han sido condenadas por delito consumado de cohecho por beneficiarse de VPO, dictándose penas de 9 meses y 3 días de prisión, además de multa. En un caso hay una condena de 1 año, 10 meses y 17 días de cárcel.

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