Marruecos

Un experto en telecomunicaciones, acusado de suplantar la página web de una eléctrica

Obtenía las claves de una mujer residente en Granada y se hacía pasar por un agente de la compañía

Un experto en telecomunicaciones de nacionalidad marroquí sin antecedentes penales se enfrenta a una petición de la Fiscalía para que sea condenado a tres años de prisión por supuestamente pertenecer a una organización que estableció "una compleja red de intercambio de datos" para la sustracción de casi 900 euros.

Y es que tras obtener las claves de una mujer residente en Granada suplantando el sitio web de una compañía eléctrica, se hacía pasar por agente autorizado de la misma.

Está previsto que los hechos, que implican para el fiscal la presunta comisión de delitos de estafa, receptación y blanqueo de capitales, e integración en grupo criminalmente organizado, sean enjuiciados en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada.

Según consta en el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, puesto de acuerdo con otras personas no identificadas, "y llevados todos de la pretensión de lucrarse ilícitamente a costa del prójimo", procuró supuestamente que, el 19 de enero de 2022, la afectada recibiera telemáticamente "lo que aparentaba ser una invitación de la compañía".

Habrían usado una "página de imitación con imagen fiel de la portada legítima, en lenguaje modificado para redirigir a otro destino distinto la respuesta" y "conteniendo los datos de la víctima". De este modo, ella "facilitó los datos de su tarjeta de crédito telefónicamente al acusado".

Se trataba, según habría mantenido, de "gestionar un reintegro o abono en favor de la repetida perjudicada, supuestamente" por importe de 37 euros.

Acto seguido, sin embargo, el acusado habría realizado "un adeudo contra tal tarjeta" por 890,99 euros por concepto de compra de un móvil inteligente que le fue remitido a su residencia en Cádiz, donde posteriormente fue detenido en el marco de esta causa.

En la organización también se habrían dedicado a otras "operaciones de adeudo desde localizaciones radicadas en Marruecos", que eran "imposibles de rastrear a posteriori" y requerían de "artificios informáticos no consentidos por el titular".

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